Bienvenidos...

Soy Diego Dumont, especialista en comercio exterior. Mi trabajo es conectar lo que pasa en el mundo con lo que termina pasando en la economía argentina y en la vida concreta de las personas: desde las decisiones de una empresa hasta las de la tía Marta del barrio María Selva. Soy Contador Público Nacional (UNL), especialista en Comercio Exterior (UNR), Magíster en Economía Aplicada (Universidad Austral) y Despachante de Aduana. Dirijo DMF Comercio Exterior, soy inversor profesional (ICB) y desde hace más de veinte años acompaño a empresas en decisiones de importación y exportación. Escribí tres libros sobre comercio internacional y soy columnista en El Cronista y LT10 (ex La Nación). Mi frase preferida: “No te des por vencido ni aun vencido porque sino viene un chino y te mete en la heladera”. ¡Bienvenidos! 📘 Blog de Comercio Exterior: www.diegodumont.blogspot.com 🐦 Twitter/X: @diego_dumont
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viernes, 13 de enero de 2017

Entrevista Radio Conexión Abierta CABA 13.01.2017 - #COMEX #VUCE


Columna de hoy en EL CRONISTA.





Por Diego Dumont. 
para el Cronista Comercial

En los últimos días hemos presenciado los albores de la puesta en marcha -estimada en cinco años- de la Ventanilla Única del Comercio Exterior Argentino (VUCE) -la ‘Single Window’ nacional-.

Después de una experiencia acotada a administrar las importaciones en 2012 y 2013, hubo un relanzamiento general con el Decreto 1079 el año pasado, y en los primeros días de enero se empezaron a volcar algunas operaciones del INV y SENASA, únicos dos organismos oficialmente adheridos hasta el ahora.
Contexto internacional:

Argentina es uno de los últimos países en sumarse seriamente a esta tendencia global. Primero, y mucho antes de llamarse VUCE, Singapur y Hong Kong, pusieron en marcha la idea con TradeNet en 1989, y TradeLink, en 1997. En 2004, la Comisión Económica de Naciones Unidas para Europa la definió como un ámbito (virtual) “que permite a las partes involucradas en comercio y transporte presentar información comercial y/o documentos por única vez, para cumplir requerimientos para importación, exportación o tránsito de mercaderías”. 

En 2005, se sumó la OMA, adoptando en Bruselas el Marco ‘SAFE’ para Asegurar y Facilitar el Comercio; y en 2013 la OMC, con el Acuerdo de Facilitación del Comercio de Bali, que está próximo a entrar en vigencia, y prevé expresamente la VUCE. 

Hacia 2012, según el Banco Mundial, de 150 países, 49 ya estaban dentro del sistema de VUCE. En Latinoamérica los pioneros fueron Colombia y Perú, en 2006, y después otros como México y Ecuador, en 2010; Chile y Bolivia en 2011; Uruguay en 2013 y Panamá y Argentina, en 2016.

La implementación de Ventanillas facilita el comercio, simplifica procesos, mejora controles estatales, otorga previsibilidad, dota de transparencia al Estado y reduce costos del comercio exterior (se estima un ahorro anual para Argentina, de u$s 6500 millones).

Muchísimo por hacer
Aún estamos muy relegados en rankings como el Doing Business del Banco Mundial en lo que refiere a comercio transfronterizo (puesto 117 de 190). Hay decenas de organismos con los que celebrar acuerdos, y la experiencia enseña que a veces los obstáculos son más políticos que técnicos. Por estos motivos, se eligió una adopción gradual, versus una de tipo ‘big bang’.
Un detalle a encajar, son las corrientes proteccionistas que invitan a simplificar trámites de exportación por sobre los de importación. Hay aún una presencia importante del papel en las transacciones y un Sistema de Aduana -Malvina- con techo en Windows XP, sin soporte Microsoft, cuando algunos países adoptan con la VUCE nuevos Sistemas aduaneros.

La lección internacional dice que el principal requisito para lograr la VUCE, es una voluntad política de hierro. El camino no es fácil, pero se dice, el primer paso no lleva a la meta, pero te saca de donde estás.

miércoles, 11 de enero de 2017

Entrevista Diario El Economista 11.01.2016 - Ventanilla Única del Comercio Exterior

Comparto entrevista que me hizo diario El Economista, difundida por Cancillería Argentina.

Las ventajas de la ventanilla única serán progresivas

LOS EFECTOS NO SERÁN INMEDIATOS PERO SE AHORRARÁN COSTOS Y SE ALENTARÁ LA INCURSIÓN INTERNACIONAL DE LAS EMPRESAS, SEGÚN ANALISTAS

La reciente puesta en marcha de la Ventanilla Unica del Comercio Exterior Argentino (VUCEA) ya abrió interrogantes y expectativas para las empresas importadoras y exportadoras.
Si bien la iniciativa fue bien recibida, queda por develar cuál será su verdadero impacto y los desafíos que interfieren en su implementación. La Ventanilla Unica (Single Window en inglés) es parte del Acuerdo de Facilitación de Comercio de 2013, alcanzado en las negociaciones multilaterales de la Organización Mundial de Comercio (OMC). La prueba piloto que se puso en marcha oficialmente en enero se centra por ahora en las operaciones del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) y del Instituto Vitivinícola Nacional (INV) aunque involucrará a largo plazo a más de 35 organismos públicos y privados. La VUCEA busca fundamentalmente digitalizar, agilizar, sistematizar y hacer más trasparente las autorizaciones y certificaciones del comercio exterior.

Las ventajas y resultados que destacan los analistas son bastante claros: ahorra tiempos, facilita las operaciones, aúna criterios e información, mejora los controles, evita la duplicación de transacciones y trámites; y hace a todo el sistema aduanero más eficiente. Asimismo, permite reducir procesos ilegales y, fundamentalmente, ahorra costos para el Gobierno, las empresas y los intermediarios. “La OMC ha estudiado el tema y muestra que cuanto más ágil, más fácil y flexible es el comercio, se reducen los costos y se alienta la ampliación de la incursión internacional de las empresas”, explica Marcelo Elizondo, de la consultora DNI.“Los costos administrativos en frontera son tanto o más altos que las trabas arancelarias y la Argentina es uno de los países más burocratizados en términos de comercio internacional”.

Desafíos en trámite Pero la implementación, al parecer, no es tan simple y llevará un tiempo. Fuentes del Ministe- rio aseguran que si todo marcha bien se pondrá en funcionamiento de forma completa e integral para el 2021. “No se trata de poner todos los trámites en línea”, dice Elizondo. “Hay que tratar de crear todo un sistema que apunte a ser más eficaz, más simple y con plazos más reducidos”. En este proceso el Gobierno deberá implementar normas y también invertir en recursos humanos y tecnológicos para asegurar el éxito del nuevo sistema.

Los analistas confiesan también que la VUCE permitiría pensar un comercio más transparente, con las mismas reglas para todos. Esto puede llegar a ser un desafío– sostienen– en un contexto en el que a falta de regulaciones claras, los detalles de las grandes operaciones del comercio local tienden a querer cerrarse con arreglos particulares.

Por otra parte, Diego Dumont, Despachante de Aduana y Especialista en Comercio Exterior, asegura en una columna escrita para el Centro Despachantes de Aduana (CDA) que una de las tareas más difíciles es armonizar y acordar con todos los organismos de otros países y agencias estatales locales, y que, por ese motivo, la implementación siempre es progresiva.


“Y un detalle no menor –destaca– son las nuevas corrientes proteccionistas, que hacen que los países se enfoquen mucho más en simplificar trámites de exportación por sobre los de importación”. Pablo Furnari, especialmente en marketing, “mas allá de la informatización en temas aduaneros, venimos con una cultura muy “presencial” ante la Aduana y otros organismos intervinientes en el comercio exterior”, destaca. 


lunes, 9 de enero de 2017

Un largo camino hacia la “Single Window” argentina. Los desafíos de una Ventanilla Única del Comercio Exterior Argentino (VUCEA).

                                                 Por Diego Dumont
                                                 (Para CDA Rep. Argentina) 
                                                
Argentina se vuelve a meter de lleno en la materialización de una Ventanilla Única de Comercio Exterior. Si bien la primer experiencia data del año 2012, cuando se implementó la inolvidable DJAI   como “Ventanilla Única Electrónica” (RG AFIP  3252/12 y 3255/12), aquella fue  una prueba  efímera y  acotada a la administración de las importaciones. Después en  2014 hubo un tibio intento con la RG AFIP 3599/2014 pero la norma quedó huérfana de continuidad.

Pero esta vez la cosa pinta diferente, y el equipo de Macri está enfocado en materializar la
“Single Window” nacional. En octubre pasado hubo un relanzamiento general del Régimen  por Decreto 1079, que incluye un Comité de Implementación que involucra a la propia Jefatura de Gabinete de Ministros (más AFIP y Secretaría de Comercio). A continuación, se sumó a la VUCEA el SENASA  (Resolución Conjunta AFIP 3972/2016 y SENASA 774/2016)  y el  INV (Resolución Conjunta AFIP 3981/2016 e INV 234/16). Hace pocos días AFIP  comunicó a los operadores (por  SICNEA) la  puesta en marcha para algunas operaciones competencia de estos dos organismos.   Pero ¿qué podemos aprender de la experiencia internacional y a qué desafíos habrá que enfrentarse para lograr una verdadera Ventanilla Única Integral?.

La Ventanilla Única en el mundo
Mucho antes de llamarse Ventanilla,  los países asiáticos la introdujeron como pilar de su comercio exterior. En especial, Singapur  la puso en marcha en 1989 con el nombre de TradeNet, y luego Hong Kong  hizo lo propio en 1997 con TradeLink.  Mientras que normalmente la Ventanilla Única se mueve por los ejes Gobierno-Operador, y  Gobierno-Gobierno,  países asíáticos como Korea, Hong Kong y Singapur  avanzaron sobre  el eje Operador-Operador, integrando a la Ventanilla Única documentación electrónica y medios de pago, siendo pioneros del comercio sin papeles.

Implementación de la Ventanilla Única en Asia

Fue recién en 2004,  cuando  se empezó a hablar de Ventanilla Única para el Comercio Exterior, como tal (“Single Window”, en inglés). La Comisión Económica de Naciones Unidas para Europa (UNECE, su siglas en inglés),  por Recomendación N° 33  la definió como  ámbito (virtual) “que permite a las partes involucradas en comercio y transporte presentar información comercial  y/o documentos por única vez, para cumplir requerimientos para importación, exportación o tránsito de mercaderías”. La Recomendación  proporcionó diferentes modelos para alcanzar los objetivos:  una única autoridad receptora/canalizadora de la información; un Sistema Único Automatizado para recepción de información, o un sistema automático de transacciones desde el cual el operador pueda interactuar con diferentes organismos.

Posteriormente  en 2005,  los  Directores Generales de Aduanas en representación de los entonces 166 miembros de la Organización Mundial de Aduanas se reunieron en Bruselas,  adoptando por unanimidad el Marco de Estándares “SAFE” para Asegurar y Facilitar el Comercio Mundial. Uno de sus elementos clave es la utilización de la tecnología informática en los envíos entre las aduanas, que mas adelante será materializada como Ventanilla Única  (punto 1.3.8, del Marco SAFE).
En 2013, la OMC se sumó a la tendencia mediante el Acuerdo de Facilitación del Comercio  de  Bali, que está muy próximo a entrar en vigencia, y prevé expresamente a la Ventanilla Única Electrónica como instrumento para su consecución (artículo 10, apartado 4).

El impulso se propagó por el globo. Hacia 2012, según el Banco Mundial, de 150 países encuestados, 49 ya estaban inmersos en la implementación de la Ventanilla Única, y 20 de estos ya tenían incluidos a los organismos estatales más relevantes. La Ventanilla Única está presente en los cinco continentes, pero  los países en desarrollo llevan la delantera por sobre los desarrollados.  Por ejemplo, Estados Unidos apenas se inicia en la implementación de  la ventanilla (ITDS) para exportaciones de pymes. Uno se pregunta, hasta qué punto ciertos países están dispuestos a simplificar y facilitar trámites (sobre todo desde el lado de la importación).     

En Latinoamérica se destacan Colombia y Perú (VUCE- Sunat-), que comenzaron a implementar la Ventanilla Única en 2006. Posteriormente se sumaron otros países, como México (VUCEM) y Ecuador (VUCE), en 2010;  Chile (VUCE –Sicex-) y Bolivia (Gobierno Electrónico), en 2011;  Uruguay (2013), Panamá (2016) y Argentina.

La Ventaniila Única en otros países (listado ejemplo)


Dificultades a superar
Se sabe que la implementación de Ventanillas contribuye a  la facilitación del comercio, a la simplificación de procesos (evitando duplicación), a la armonización de información, a mejorar la  eficiencia y eficacia de los controles y a otorgar  previsibilidad. También que dota de más transparencia al ámbito fiscal y aduanero, contrarrestando la corrupción, y que reduce costos al gobierno y a los operadores (se estima un ahorro anual para Argentina, de U$S 6.500 millones en costos del comercio exterior). Incluso, el concepto de Ventanilla Única es  adaptable para utilizarse de manera sub-nacional o  Supranacional (un ejemplo es la Ventanilla Única Regional de ASEAN, lanzada en 2005; o la posible Ventanilla Regional del NAFTA, hoy cuestionado por Trump).

Pero tan cierto como lo dicho son los desafíos a encarar. Argentina se encuentra muy relegada aún en rankings como el Doing Business del Banco Mundial en lo que refiere a comercio transfronterizo (puesto 117 de 190). Si la Ventanilla Única es el ámbito tecnológico en el que recalan de manera integrada todas las operaciones del comercio exterior  y transporte internacional y sus trámites asociados, es indispensable que  las Aduanas de los gobiernos celebren acuerdos de cooperación con otros organismos gubernamentales relacionados con el comercio internacional,  y la experiencia internacional indica que en la práctica, es muy difícil que abarque a todos estos organismos, y que muchas veces las razones son más políticas que técnicas (mencionemos por ejemplo la puja de intereses dentro de los propios organismos y entre Nación y Provincias). 

También es duro convencer a otras agencias estatales de adoptar el Sistema Armonizado para clasificación de las mercaderías en sus normas. Por estos motivos,  la mayoría de los gobiernos opta por una adopción progresiva,  incorporando organismos paulatinamente, versus una implementación de shock tipo big bang.  Y un detalle no menor son las nuevas corrientes proteccionistas, que hacen que los países se enfoquen mucho más en simplificar trámites de exportación por sobre los de importación.

Como si fuera poco, aún  hay una presencia importante del  papel en las transacciones comerciales y un  Sistema de Aduana –Malvina- que tiene techo en Windows XP, ya sin  soporte de Microsoft. No es casual que  en algunos países la Ventanilla Única fuera lanzada conjuntamente con una modernización de los Sistemas de Aduana (teléfono para Abad).

El comercio mundial ha crecido en el mundo en la última década, y aunque moderadamente, continúa haciéndolo. Pero también lo han hecho sus costos e ineficiencias. Esto obliga  a  focalizar los  esfuerzos para estar a la altura del mundo que viene, no  basta  con  eliminar aranceles.

La aventura no es fácil, pero tampoco imposible. En palabras de  Koh Tat  Tsen[1], “implementar una Ventanilla Única Nacional es extremadamente complejo y costoso. Requiere tremendo esfuerzo, cambio de mentalidad y por sobre todo… una voluntad política de hierro”.



[1] “Ten Years of Single Windows Implementatrion: Lessons learned for the future”.  Jonathan Koh Tat Tsen,Discussion Paper,  Global Trade Facilitation Conference, Génova, Diciembre 2011 (en inglés).

martes, 11 de marzo de 2014

Empezó GH 2014... #VUCE Ventanilla Única del Comercio Exterior - RG AFIP 3599


Ya no está Rial, conduce Echegaray, "hermanitos"....estamos nominados.

Desde la creación de la DJAI, y luego de la DJAS y la DAPE, se comenzó a utilizar una Ventanilla Única Electrónica del Comercio Exterior, que en su momento les conté, se trata de una "mesa rectangular" larga, en la que se van a ir sentando diferentes organismos a facilitar y controlar online cuestiones de su competencia. AFIP en la cabecera, por supuesto.

Cuando a fines de 2013 en reunión del Consejo Consultivo Aduanero el Gobierno anunció la inminente llegada del Sistema #Malvina (que reemplazará al Kit María), comunicó la implementación de un conjunto de medidas paralelas, bases de un comercio exterior más moderno. Entre estas medidas, el cronograma oficial prometía generalizar la VUCE en marzo, algo que puntualmente ocurrió hoy.

La VUCE es algo existente en varios países, por ejemplo, Perú, Colombia, República dominicana, Uruguay, etc.

Ambas partes, Gobierno y Particulares se benefician. Particulares porque van a ver con el tiempo mayor agilidad en los trámites de licencias de todo tipo, Gobierno porque contará con un control más eficiente sobre el desarrollo de todas las operaciones y e información instantánea sobre sus administrados.

Para el mes que viene está anunciado, entre otras cosas, la incorporación de las deudas con Aduana al sistema de Cuentas Tributarias (que permite compensar fácilmente deudas, desde la comodidad de la PC de la oficina).

Yo no se mañana... ....  Chau

P/D1: Para los que preguntan si la VUCE reemplaza a la DJAI la rta es NO!. La DJAI es una autorización previa, que por ahora va a seguir existiendo sólo que va a cursar dentro de la VUCE como un trámite "VC01" (previo a la importación).
P/D 2: Les transcribo la Resolución:

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Resolución General 3599
Ventanilla Unica de Comercio Exterior (VUCE).
Bs. As., 5/3/2014
VISTO el objetivo de esta Administración Federal de facilitar las operaciones de comercio exterior e incrementar la eficiencia de su control, y CONSIDERANDO: Que a efectos de facilitar y agilizar las transacciones internacionales resulta necesario una mayor calidad, eficiencia, armonización y rapidez en los procesos y controles que realizan las entidades que intervienen en las operaciones de comercio exterior. Que el Decreto Nº 378 del 24 de abril de 2005 aprobó los lineamientos estratégicos que rigen el Plan Nacional de Gobierno Electrónico y los Planes Sectoriales de Gobierno Electrónico de los organismos de la Administración Pública Nacional. Que el objeto del citado plan es impulsar el uso intensivo de las tecnologías de la información y las comunicaciones por parte del Estado Nacional para mejorar la relación del gobierno con los habitantes y ciudadanos, aumentar la eficacia y eficiencia de la gestión y los servicios públicos e incrementar la transparencia y la participación, para una mayor integración y desarrollo de la sociedad. Que la utilización intensiva de tecnología constituye un objetivo estratégico y permanente de esta Administración Federal, en virtud de la potencialidad que su uso apropiado permite. Que es una meta institucional de este Organismo orientar los procesos y herramientas informáticos al criterio de una “Aduana con menos papeles”. Que esta Administración Federal se encuentra abocada al desarrollo del Sistema Informático MALVINA, el cual tiene como objetivo la administración integral de las operaciones aduaneras, la gestión del riesgo en tiempo real y facilitar el intercambio de información entre los distintos sectores que intervienen en el comercio exterior. Que su puesta en operaciones será gradual mediante la instrumentación de los distintos módulos que lo conforman. Que se han desarrollado e implementado distintas herramientas informáticas con el objeto de facilitar la transferencia ininterrumpida de información comercial, entre los organismos gubernamentales que, en el marco de sus competencias, tienen injerencia en las operaciones de comercio exterior. Que las medidas llevadas a cabo definieron las bases para crear una Ventanilla Unica de Comercio Exterior (VUCE), como módulo integrante del aludido sistema informático, a fin de unificar en un punto de acceso y a través de medios electrónicos los trámites inherentes a las intervenciones de organismos externos. Que las ventajas en términos de simplificación y eficiencia obtenidas aconsejan generalizar su implementación y puesta en funcionamiento. Que procede precisar, con carácter general, el alcance y las herramientas informáticas sobre las que se sustenta la Ventanilla Unica de Comercio Exterior (VUCE). Que es necesario crear el Grupo de Coordinación para la Implementación de la Ventanilla Unica de Comercio Exterior, que actuará como su coordinador técnico y tendrá a su cargo las actividades de integración, tanto de las áreas internas de esta Administración Federal como de los organismos externos. Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recaudación, de Sistemas y Telecomunicaciones y Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas. Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios. Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:
- OBJETO
Artículo 1° — Establécense las pautas para generalizar la implementación del mecanismo de facilitación denominada Ventanilla Unica de Comercio Exterior (VUCE), la cual constituye la única vía de ingreso y tratamiento de la información relativa a operaciones de comercio exterior. El referido mecanismo, desarrollado en el ámbito del gobierno electrónico, concentra la gestión de autorizaciones y certificaciones exigidas por la normativa vigente a efectos de las operaciones de importación, exportación y tránsito de mercaderías y la actividad de las entidades observadoras del sector privado.
- SUJETOS ALCANZADOS
Art. 2° — Están alcanzados por las disposiciones de la presente los organismos gubernamentales que, en el marco de sus competencias, tengan injerencia en las operaciones de comercio exterior, las entidades del sector privado relacionadas con el comercio exterior y los operadores de comercio exterior inscriptos en los Registros Especiales Aduaneros.
- AMBITO DE LA VUCE
Art. 3° — La VUCE comprende a las distintas herramientas informáticas mediante las cuales los operadores de comercio exterior obtienen las autorizaciones y certificaciones que recaen sobre las mercaderías a efectos de su importación, exportación o tránsito, las cuales se consignan en el Anexo I.
Art. 4° — Forman parte de la VUCE, los procesos, procedimientos y trámites implementados por los organismos y entidades que se detallan en el Anexo II.
- AUTORIZACIONES Y CERTIFICACIONES ELECTRONICAS
Art. 5° — Las autorizaciones y certificaciones electrónicas generadas y procesadas, con los máximos niveles de seguridad, dentro de la VUCE poseen la misma validez legal que los documentos en soporte papel emitidos por los organismos gubernamentales indicados en el Artículo 2° y los reemplazarán en forma gradual. Durante el período de transición podrán coexistir el documento en soporte papel y el registro electrónico, hasta la eliminación total de los primeros. Para los citados organismos, los registros informáticos adquieren carácter de medios oficiales de información.
- PLAZOS
Art. 6° — Los organismos gubernamentales a que se refiere el artículo anterior deben efectivizar las autorizaciones y certificaciones electrónicas u observaciones dentro del plazo que se establezca en el convenio de adhesión que suscriban con esta Administración Federal.
- INCORPORACION A LA VUCE
Art. 7° — La incorporación de los organismos gubernamentales indicados en el Artículo 2°, que a la fecha de entrada en vigencia de la presente no han adherido a la VUCE, será gradual y se realizará a través de la suscripción de un convenio con esta Administración Federal.
- COORDINACION TECNICA
Art. 8° — Créase el Grupo de Coordinación para la Implementación de la Ventanilla Unica de Comercio Exterior, en adelante “CIVU”. El CIVU actuará como coordinador técnico de la VUCE y procederá a identificar las acciones y tareas que permitan avanzar en el proceso de integración dentro de esta Administración Federal y con los organismos externos que participan de las operaciones de comercio exterior.
Art. 9° — El CIVU estará integrado por los funcionarios que designen la Dirección General de Aduanas y las Subdirecciones Generales de Recaudación y de Sistemas y Telecomunicaciones. El CIVU será presidido y coordinado, conjuntamente, por la Dirección General de Aduanas y la Subdirección General de Recaudación.
Art. 10. — Facúltase al CIVU a requerir a las áreas competentes de esta Administración Federal la información, colaboración y/o participación que resulte necesaria para el cabal cumplimiento de sus objetivos, debiendo los respectivos responsables adoptar los recaudos convenientes para su eficaz y oportuno cumplimiento. El CIVU —mediante actos administrativos dictados por la Subdirección General de Recaudación— establecerá las modalidades de registro y trámite de las herramientas indicadas en el Anexo I, el o los manuales para los respectivos usuarios y toda instrucción complementaria para la implementación de la presente, así como sus correspondientes actualizaciones incluido lo previsto en el Anexo II. Lo indicado en el párrafo precedente será comunicado a través del micrositio “VUCE” del sitio “Web” de esta Administración Federal (http://www.afip.gob.ar) y/o del Sistema Informático de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA).
- DISPOSICIONES GENERALES
Art. 11. — Respecto de los organismos con los cuales esta Administración Federal haya dictado resoluciones conjuntas, seguirán rigiendo las mismas. Si se incorporan nuevas prestaciones los organismos deberán suscribir un convenio en los términos de esta resolución general.
Art. 12. — Apruébanse los Anexos I y II que forman parte de la presente.
Art. 13. — Esta resolución general entrará en vigencia a partir del mes de marzo de 2014, de acuerdo con el cronograma de implementación que se publicará en el sitio “web” de esta Administración Federal (http://www.afip.gob.ar).
Art. 14. — Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese. — Ricardo Echegaray.
ANEXO I (Artículo 3°) HERRAMIENTAS INFORMATICAS DE LA VUCE La VUCE comprende a las distintas herramientas informáticas, específicas y complementarias, vinculadas a las declaraciones electrónicas de las operaciones de comercio exterior en el sistema informático aduanero, sus estados o eventos. I. HERRAMIENTAS ESPECIFICAS Las intervenciones de los organismos competentes y de las entidades observadoras en las operaciones de comercio exterior se realizarán a través de las siguientes herramientas: VU01 Intervenciones efectuadas en forma previa a la declaración de la destinación de importación. VU02 Intervención en la VU01 que no inhibe la aprobación de la declaración pero impide la oficialización de la destinación de importación de no haber sido aprobada. VU03 Intervenciones efectuadas una vez oficializada la destinación de importación que impiden su presentación en sede aduanera. VU04 Intervenciones efectuadas en forma previa a la declaración de la destinación de exportación. VU05 Intervenciones efectuadas una vez oficializada la destinación de exportación que impiden su presentación en sede aduanera. VU06 Intervenciones efectuadas al momento de la autorización para la salida de zona primaria aduanera de la mercadería. VU07 Intervenciones efectuadas al libramiento de la mercadería. VU08 Intervenciones efectuadas con posterioridad a la entrega de la mercadería. VU09 Intervenciones efectuadas con posterioridad al embarque de la mercadería. VU10 Intervenciones de las cámaras, federaciones o asociaciones representativas de las actividades sectoriales, en carácter de observadoras, en las distintas etapas de las destinaciones aduaneras. VU11 Consulta de información on-line entre países del MERCOSUR. VU12 Padrón de operadores sobre el cual se validan datos identificatorios del sujeto a efectos de la realización de determinadas operaciones. VU13 Monitoreo permanente del cumplimiento de requisitos para acceder a beneficios tributarios (Monitoreo de Estímulos a la Producción Argentina - MEPA). II. HERRAMIENTAS COMPLEMENTARIAS 1. Sistema Registral. Los sujetos que deban cumplir con la obligación impuesta por terceros organismos deberán, de considerarse necesario, estar inscriptos —en su calidad de tales— en el Sistema Registral, de manera que esta Administración Federal pueda identificar a los obligados a través del aludido sistema e interactuar con el sistema informático aduanero en tiempo real. 2. Sistema Informático de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA). Es la herramienta que utilizará esta Administración Federal y los terceros organismos para comunicar y notificar a los sujetos los requerimientos y novedades relativos a las operaciones de comercio exterior. 3. Cobranzas de aranceles. Sistema de Recaudación Osiris y Volante Electrónico de Pago (VEP). Los organismos gubernamentales podrán optar por cobrar sus aranceles a los usuarios mediante el sistema de Recaudación Osiris y el Volante Electrónico de Pago (VEP) de esta Administración Federal. A tal efecto deberán suscribir un acuerdo específico con esta Administración Federal. La recaudación a través del VEP incluirá la cobranza, conciliación y distribución de las sumas recaudadas en las cuentas bancarias que cada organismo gubernamental disponga. 4. Listas de mercaderías, sujetos, certificados y demás listas de opciones de parámetros que interactúan con el sistema informático aduanero a efectos de ejercer controles en determinadas operaciones. 5. Códigos de productos.
ANEXO II (Artículo 4°)

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