Soy contador público (UNL), Especialista en Comercio Exterior (UNR) y Despachante de Aduana. Escribí dos libros que buscan -sobre todo- insertar personas en la exportación: Teoría y Practica de la Exportación por Cuenta y Orden de Terceros (Ed. Librería Cívica, 2013); y Comercio Exterior Para No Especialistas (Ed. Tarifar, 2015). Combino mi trabajo diario con la docencia en carreras de grado y posgrado de algunas universidades nacionales y seminarios en instituciones intermedias de todo el país, y en algunas empresas (“in company”). Suelo participar en los medios con columnas especializadas. Vivo mi trabajo como una pasión, aunque lo más importante siempre está fuera del trabajo. Mi frase preferida: Nunca te des por vencido, porque si lo hacés, viene un chino y te mete en la góndola de los lácteos. Bienvenidos!!!.
Cuando digo que podés ingresar o egresar,
hablo de lo que te podés llevar cuando te vas de viaje al exterior y lo que
podés comprar y traer normalmente sin pagar ni contravenir
normas.
LO QUE ME LLEVO
Vuelta a la idea de que te
estás llendo de viaje, no de excursión de ventas. Por ejemplo, no
podés llevarte 300 camisetas de Argentina para vender en el mundial de fútbol de Rusia
2018. Mejor dicho, podés pero si te agarran tal vez te
mandan los músicos y sonás, no lo podés pasar. Lo que se lleva es lo que vas a usar o
regalar en tu viaje y que no salga de lo normal para estos casos.
¿Qué pasa con las cosas
importadas que ya tenés antes de viajar afuera del país?
Si pensás llevar afuera la
cámara de fotos, la tablet o la notebook, u
otro objeto con made in extranjero, te conviene declararlo antes de
abandonar la frontera o el puerto o aeropuerto. Acercate al puesto de Aduana y llená el
Formulario OM 121/A o si querés podés hacerlo en tu casa por internet
antes de armar las valijas.
¿Y con el dinero?
Como dicen las abuelas, hay gente mandada.
Recuerdo haber leído noticias de gente que viajaba con efectivo a participar de
un remate o comprar un inmueble de lo más “pancha
por la vida”. Me alegra pensar que si algún
día juntas lo suficiente y se te ocurre algo así no vas a sucumbir
a esa locura. Solamente podés sacar en total,
contando hasta la última moneda extranjera que lleves, un
máximo de USD 10.000 o el equivalente en cualquier divisa
o cheques de viajero[1].
En pesos argentinos no hay límite (obvio?),
pero declaralos (hoy, formulario 2250). Tené
en cuenta que si tenés más te pueden sacar todo y aplicar una multa
después. Hay países en los que te sacan el excedente de lo permitido y te aplican además una
multa sobre el mismo, de por ejemplo un 40%.
Además el tema
puede derivar en un litigio con AFIP si el número no
cuadra con tu situación fiscal.
Las mascotas
Desde la óptica de la Aduana, una mascota es una
mercadería, al igual que una campera, unas zapatillas o unos lentes.
Pero si estás pensando en llevarte a "Roco", debés hacer un permiso en SENASA, que haga pensar en destino que tu bicho no va a mutar a chupacabras o
enfermar a otros perros o personas.
PEGÁS LA VUELTA:
Lo que podés traer es lo que te llevaste
al salir del país (exhibiendo el Formulario 121), libros y publicaciones en una
cantidad razonable, y bienes nuevos para uso o consumo personal y
que no hagan presumir finalidad comercial. No podés traerte dos valijas con
ropa nueva para vender por Facebook, o 6 Playstation para
revolear en vendotodo.com.
Puede ser que lo traigas y pase de largo pero te exponés al decomiso de
todo.
Compraste cosas:
Supongamos que te traes un teléfono celular con
comprobante por U$S 100 (que Aduana considera real). ¿pagás
impuestos?. No, porque Aduana tiene en cuenta una Franquicia para
artículos nuevos que es de U$S 300 cuando entrás al país por un puerto o
aeropuerto, y U$S 150 cuando lo hacés por tierra. En
este caso, cuando te preguntan si tenés algo para declarar
podrías contestar que "no".
Ahora, supongamos que viajaste sólo y llegás
al Aerouerto de Ezeiza con una Play Station 4 y una laptop y te
pasás de la franquicia. En este caso
cuando la Aduana te consulta si tenés algo por declarar la respuesta debería
ser “Sí”. Presentás una factura por un valor de U$S
700 (que Aduana considera real). ¿Vas a pagar impuestos?. Sí. Un “tributo único”,
a una alícuota del 50%, pero no pagás U$S 350. Vas
a pagar 700 – 300= 400 (base imponible) x 50%= U$S
200 de impuesto, que se convierten a pesos a tipo de cambio oficial. Si hubieras
ingresado por frontera terrestre correspondería pagar U$S 275
(700-150=550x50%).
Además, si volviste y te olvidaste de los
bombones para tu novia y los comprás en el free
shop (tienda “libre
de impuestos”) tenés una nueva franquicia
(no acumulable con la otra) de U$S 300. No vas a pagar
impuestos por los bombones, pero vos sabés…
lo que no es
impuesto el vendedor se lo infla como
ganancia en estos lugares. Tratá de acordarte antes de los
bombones.
Las franquicias son por persona. Si te vas
con chicos, también tienen franquicia pero las de
ellos bajan a la mitad (salvo mayores de 16 o
menores emancipados).
¿qué pasa con el dinero?
No hay límites para traer dinero. Pero no te
olvides que el mundo es redondo. Hay que tener en cuenta las normas del país de
origen. Por ejemplo, hace algún tiempo salió en los medios
el disgusto que tuvo Claudia Villafañe, ex mujer de Diego
Maradona por haber sido demorado su avión en el aeropuerto de Miami a raíz de
que una familia en conjunto superaba los U$S 10.000. Esto
es importante, averiguar si es necesario las reglas de los
países que visitás. En Argentina el dinero que traen las personas de
una misma familia no es acumulable.
Te dejo mi micro de Arriba Santa Fe sobre este tema:
Algunas normas aplicables
Resolución 3751/94
Com. A BCRA 5339
RG AFIP 2705/09
RG AFIP 2704/09
Nos vemos..
[1]Los cheques de viajero
son órdenes de pago, que emiten los bancos y te
podés llevar al exterior para cambiar por billetes o usarlo en alguna
compra. También algunos
padres lo envían a sus hijos que viajan afuera a estudiar, por ejemplo. American
Express tiene esta operatoria bastante desarrollada en relación a
estos documentos.
El arquitecto Aquiles Pinto de Buenos
Aires conoció a la familia uruguaya Oria en Colonia que le pidió que le diseñe
su casa nueva en Montevideo. Susana Oria,
la señora, le pidió que le envíe
los planos por skype y la factura por email y ella le haría el pago de los "verdes" por cuenta bancaria.
Esta situación es típica, y se puede
presentar muchas veces en personas comunes que ofrecen servicios: diseñadores, abogados, contadores, licenciados en comercio internacional, marketing
y publicidad, ingenieros, docentes, médicos, artistas,
etc. Ojo, no estoy hablando de que Aquiles
es un argentino que vive en Montevideo. En ese caso, no hay exportación de
servicios porque ambos residen en el mismo país. Mucho menos de que Aquiles se sube
al Buquebus y manotea los dólares en Uruguay de “Cayetano” (en ese caso, nadie
registró nada). Para que haya exportación de servicios, el
pago debe ser de un “no residente” a un “residente”. Por
ejemplo, si viajás a Piriápolis y alquilas un departamento a una inmobiliaria
local, estás importando un servicio, y si le alquilás a un médico
extranjero que viene a hacer una residencia lo estás exportando. Sería el segundo caso de las cuatro modalidades de prestación
de servicios que establece el Acuerdo General sobre el Comercio
de Servicios –AGCS- de la OMC[1]:
1) Suministro transfronterizo.
Por ejemplo: exportación
de software por email de un país a otro, servicios
bancarios, servicios de arquitectura realizados a
distancia, etc.
2) Consumo en el extranjero. Ejemplos: el
turismo y el turismo médico. Hacia
2010 el Instituto Nacional de Promoción Turística (INPROTUR)
estimaba que mil pacientes extranjeros por mes ingresaban
a Argentina para
practicarse by pass gástricos, implantes mamarios, tratamientos
dentales, cirujías oculares, y otras intervenciones.
3) Presencia comercial en el
extranjero. Se establece sucursal en el extranjero para brindar
todo o parte del servicio. Por ejemplo: filiales
nacionales de compañías de seguros o cadenas hoteleras. Existen
otros casos emblemáticos de empresas que han cruzado fronteras
para establecerse y exportar servicios. Por ejemplo, Deloitte[2] es una multinacional que brinda servicios de auditoría, consultoría,
manejo del riesgo, asesoramiento financiero y en impuestos, con
presencia internacional. Otro ejemplo es CH2MH Hill[3], que
brinda servicios de ingeniería a nivel global, entre cuyos trabajos se adjudica
la construcción de plantas de energía, relocalización de bases
militares estadounidenses en Korea, participación en las nuevas obras
del Canal de Panamá, etc. Otros ejemplos pueden ser
Facebook y Google, que abrieron oficinas en distintas partes del mundo.
4) Presencia de personas físicas.
Ejemplos: docente viaja para dar una charla, técnico viaja para arreglar una máquina, etc. Esta es la modalidad susceptible de
mayores barreras. A
nivel MERCOSUR, la Decision 40/03 del CMC, creó la VISA MERCOSUR, por la que se otorgan hasta 2 años de
permanencia, presentando DNI, contrato de trabajo y título profesional.
¿Cuándo se es o no
residente?. Por ahora quedate con el sentido común, pero si
querés ponerte en serio con esto tenés que ir a la Ley de Impuesto a las
Ganancias y las reglas de permanencia en el país para mantenerla o
perderla. No vale la pena transcribirlo acá.
Hoy se subió el monto de
solvencia mínima que deben reunir los Despachantes de Aduana y los Agentes de Transporte Aduanero (ATA), de $15396 que se habían fijado desde 1991, a $100.000 (Nuevo Decreto 79).
Los ATA además van a poder contar con un Fondo Solidario parecido al que tenemos los despachantes (y administra el Centro de Despachantes
de Aduana), para llegar con más oxígeno a esa "monedita".
Me parece que alguna reglamentación de
acá a 90 días corridos en los que se pone en vigencia el Decreto vendría bien. Por ejemplo, para aclarar la
situación de los despachantes en ejercicio.
Por un lado, entiendo lo nuevo como razonable, teniendo en cuenta la importante responsabilidad que asume el despachante cada vez que firma, y a la luz del “tiempo
Walt Disney” que llevan los 15 mil pesos.
Por otro, el momento en
que se da esta modificación me hace pensar que la norma viene dada dentro de la
tendencia mundial de profesionalizar más a este operador.
A no olvidarse que hace alrededor
de diez días, la Resolución AFIP 3710 subió el derecho de examen de Despachante de Aduana un 5900%, de $200 (Res. 1139/92) a $12.000, y
el de ATA a $10.000. Incluso, cuentan las viejas por los
pasillos de Aduana Central, que Echegaray tiene en carpeta que no
en tanto tiempo los nuevos despachantes posean un
título de GRADO.
Mi opinión con respecto al derecho de examen
Últimamente año a año se presentan a rendir libre en Baires alrededor de
doscientas personas, de las que aprueban diez o
menos. Esto es cerca 5%, una miseria... La situación
existente no sirve para los que fantasean
con contenedores repletos en barcos de ensueño y avioncitos cruzando países con cajas de colores. No
es una opinión, es un dato objetivo. Me parece bien poner un monto que no justifique "ir a probar suerte", pero $12000 o $10000 me parece una cifra terriblemente irreal para la mayoría de los bolsillos. Hay que tener en cuenta que además de ese importe, a veces se pagan cuotas de una Tecnicatura terciaria, y que los estudiantes del interior deben viajar a Buenos Aires para rendir (una semana en "la capi" con traslados, alojamiento y viaje de ida y vuelta es otro gasto importante).
Además, que hay mucha gente que está en plena carrera y cambiar las reglas de juego de un día a otro sin considerarlos está MAL.
El nuevo camino al título
Si el derecho de examen no se toca, no se tratará de ser "Pitufo filósofo", pero es recomendable intentar hacer prácticas
(priorizando continuar la formación por sobre "la moneda"). Después sí, ir al examen con un mejor pronóstico. Presumo, ojo, dije "presumo", que al haber menos postulantes va a ser
menos difícil. Peeeeeeeero... se van pedir conocimientos muy finos (por
ejemplo, manejo de Sistema Malvina, en una nueva materia llamada "Sistemas informáticos Aduaneros").
Para terminar, no está dicha la última palabra. aún faltan reglamentaciones del Programa de Formación Continua, y es sabido que la AFIP suele dar grandes pasos para adelante para después retrocedes algún que otro paso mediano. A no bajonearse.
Perseverancia, perseverancia, perseverancia y trabajar por
lo que se sueña, como en cada bendita cosa de la vida...
Pd: Les dejo abajo las normas (en "Más información"),