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Mi blog de Comercio Exterior

Soy contador público (UNL), Especialista en Comercio Exterior (UNR) y Despachante de Aduana. Escribí dos libros que buscan -sobre todo- insertar personas en la exportación: Teoría y Practica de la Exportación por Cuenta y Orden de Terceros (Ed. Librería Cívica, 2013); y Comercio Exterior Para No Especialistas (Ed. Tarifar, 2015). Combino mi trabajo diario con la docencia en carreras de grado y posgrado de algunas universidades nacionales y seminarios en instituciones intermedias de todo el país, y en algunas empresas (“in company”). Suelo participar en los medios con columnas especializadas. Vivo mi trabajo como una pasión, aunque lo más importante siempre está fuera del trabajo. Mi frase preferida: Nunca te des por vencido, porque si lo hacés, viene un chino y te mete en la góndola de los lácteos. Bienvenidos!!!.

martes, 10 de febrero de 2015

Cómo exportar servicios sin morir en el intento

                                                                           

Por Diego Dumont - Para Despachantes Argentinos

El arquitecto Aquiles Pinto de Buenos Aires conoció a la familia uruguaya Oria en Colonia que le pidió que le diseñe su casa nueva en Montevideo.  Susana Oria, la señora,  le pidió  que le envíe los planos por skype y la factura por email y ella le haría el pago de los "verdes" por cuenta bancaria.

Esta situación es típica, y se puede presentar muchas veces en personas comunes que ofrecen servicios: diseñadores, abogados, contadores, licenciados en comercio internacional, marketing y publicidad, ingenieros, docentes, médicos, artistas,  etc.  Ojo, no estoy hablando de que Aquiles es un argentino que vive en Montevideo. En ese caso, no hay exportación de servicios porque ambos residen en el mismo país.   Mucho menos de que Aquiles se sube al Buquebus y manotea los dólares en Uruguay de “Cayetano” (en ese caso, nadie registró nada).  Para que  haya exportación de servicios, el pago debe ser  de un  “no residente” a un “residente”. Por ejemplo, si viajás a Piriápolis y alquilas un departamento a una inmobiliaria local, estás importando un servicio, y si le alquilás a un médico extranjero que viene a hacer una residencia lo estás exportando.  Sería el segundo caso de las  cuatro modalidades de prestación de servicios que establece el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios –AGCS- de la OMC[1]:

1) Suministro transfronterizo. Por ejemplo:  exportación de software por email de un país a otro, servicios bancarios, servicios de arquitectura realizados a distancia, etc.

2) Consumo en el extranjero.  Ejemplos: el turismo y el turismo médico.  Hacia 2010 el Instituto Nacional de Promoción Turística (INPROTUR) estimaba que mil pacientes extranjeros por mes ingresaban a Argentina  para practicarse by pass gástricos, implantes mamarios, tratamientos dentales, cirujías oculares, y otras intervenciones.

3) Presencia comercial en el extranjero. Se establece sucursal en el extranjero para brindar todo o parte del servicio. Por ejemplo: filiales nacionales de compañías de seguros o cadenas hoteleras. Existen otros casos emblemáticos de empresas que han cruzado fronteras para establecerse y exportar servicios. Por ejemplo,  Deloitte[2]  es una multinacional que  brinda servicios de auditoría, consultoría, manejo del riesgo, asesoramiento financiero y en impuestos, con presencia internacional. Otro ejemplo es CH2MH Hill[3], que brinda servicios de ingeniería a nivel global,  entre cuyos trabajos se adjudica la construcción de plantas de energía, relocalización de bases militares estadounidenses en Korea, participación en las nuevas obras del Canal de Panamá, etc. Otros ejemplos pueden ser Facebook y Google, que abrieron oficinas en distintas partes del mundo.

4) Presencia de personas físicas. Ejemplos: docente viaja para dar una charla, técnico viaja para arreglar una máquina, etc. Esta es la modalidad susceptible de mayores barreras.  A nivel MERCOSUR, la Decision 40/03 del CMC, creó la VISA MERCOSUR, por la que se  otorgan hasta 2 años de permanencia, presentando DNI, contrato de trabajo y título profesional.

¿Cuándo se es o no residente?. Por ahora quedate con el sentido común, pero si querés ponerte en serio con esto tenés que ir a la Ley de Impuesto a las Ganancias y las reglas de permanencia en el país para mantenerla o perderla. No vale la pena transcribirlo acá.

Continúa en el libro...

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