Bienvenidos...

Mi blog de Comercio Exterior

Soy contador público (UNL), Especialista en Comercio Exterior (UNR) y Despachante de Aduana. Escribí dos libros que buscan -sobre todo- insertar personas en la exportación: Teoría y Practica de la Exportación por Cuenta y Orden de Terceros (Ed. Librería Cívica, 2013); y Comercio Exterior Para No Especialistas (Ed. Tarifar, 2015). Combino mi trabajo diario con la docencia en carreras de grado y posgrado de algunas universidades nacionales y seminarios en instituciones intermedias de todo el país, y en algunas empresas (“in company”). Suelo participar en los medios con columnas especializadas. Vivo mi trabajo como una pasión, aunque lo más importante siempre está fuera del trabajo. Mi frase preferida: Nunca te des por vencido, porque si lo hacés, viene un chino y te mete en la góndola de los lácteos. Bienvenidos!!!.

sábado, 27 de octubre de 2012

Inscribirme como exportador importador ...



Ver video


Ver video

¿Qué tengo que hacer  para empezar a  operar como exportador (o importador)?.

Responder a esta pregunta citando al pié de la letra Resoluciones y siendo demasiado riguroso haría su lectura pesada y larga (y su escritura -que es lo que me toca a mí!!!- más aburrida de lo que ya es). Por este motivo se los respondo de manera semi informal, como en una charla de café   (mencionando por encima algunas de las normas en el texto y referenciándolas al final para que Ud. las encuentre en caso de necesitar mayor información). También le doy alguna que otra opinión personal que puede ayudarlo a orientarse.


Antes de avanzar sobre los requisitos, le cuento que el trámite que habilita a uno a exportar también lo habilita a importar.  Mejor dicho, hay un solo trámite que nos habilita a operar como exportador e importador al mismo tiempo. Una vez de alta, se puede operar por cualquier oficina de aduana del país.

Los requisitos están establecidos en el art. 94 de la Ley 22.415 (Código Aduanero, nuestra legislación aduanera de fondo), reglamentado por DR. 1001/82 y debajo de ello, por un grupo amplio de Resoluciones Generales AFIP.

Antes aconsejarle inscribirse a una persona le pregunto por qué quiere hacerlo y en qué condiciones impositivas se encuentra. Esta pregunta deriva algunas veces en la recomendación de no inscribirse. Por ejemplo, existe la posibilidad de enviar o recibir muestras aprovechando el Régimen de Courier sin registro de exportador e importador (dentro de los parámetros de la Resolución correspondiente), también existe la posibilidad de exportar utilizando los servicios de un intermediario (exportación por cuenta y orden de terceros), la importación por cuenta y orden de terceros está prohibida hace muchos años. A veces el negocio que tiene en mente quien quiere empezar a exportar o importar no es tan colorido como se ve antes de un análisis más frío.

Si  conviene inscribirse, entonces lo primero desde lo que hay que partir es la situación impositiva Monotributista o Responsable Inscripto.  Ser monotributista es muy pocas veces recomendado. Primero,  no sirve para importadores (el monotributista no puede importar).  Segundo, para exportadores  conviene en contados casos (exportadores no tan frecuentes y por valores poco importantes) ya que para el monotributista el IVA que le facturan sus proveedores es costo. Sólo convendrá perder ese IVA si el costo de estar Inscripto (y pagarle a un contador por liquidación de IVA, Ganancias y autónomos) es superior.

Definida la situación fiscal (Monotributista o Responsable Inscripto) la inscripción en DGA puede asumir dos formas diferentes:  habitual o no habitual. La persona a inscribir debe tener asegurado el ingreso a sitio web AFIP con clave fiscal (haciendo el trámite según Resolución correspondiente).

Un exportador o importador ”no habitual” (art. 92 2. del Código Aduanero) puede documentar una sola operación por año calendario y los requisitos de actuación ante DGA son prácticamente los mismos que los de un “habitual” (que puede exportar o importar todas las veces que quiera). La única diferencia es que el segundo requiere garantizar actuación ante el Servicio Aduanero con una garantía (algo que si no se cumple en forma automática como les cuento más adelante, es muy barato conseguir a través de una póliza de caución por lo que se aconseja la inscripción como habitual).  La inscripción como importador/exportador no habitual tiene una validez, improrrogable, de 60 días corridos, después de los cuales quedará sin efecto. 

Los requisitos se pueden dividir en Generales (de control automático) o particulares.

Requisitos generales (son de control automático, es decir que si no se cumple con alguno de ellos no se puede iniciar el trámite):
  • Estar inscripto en DGI (Poseer alta en los impuestos al valor agregado y/o a las ganancias o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), de corresponder - excepto para el Estado Nacional, las provincias y las municipalidades, así como las dependencias de la administración pública nacional, provincial o municipal, los entes autárquicos o descentralizados, inclusive las sociedades del Estado y las empresas del Estado-. Es importante acotar que también: 1-se deberá poseer Clave Fiscal para poder operar en el Sistema AFIP web (las personas físicas en su nombre, y las Personas jurídicas deberán ingresar a través de su representante legal, con la Clave Fiscal del mismo). 2- Se deberá declarar domicilio. Este trámite se hace electrónicamente.
  • No encontrarse en estado de falencia
  • No encontrarse concursado (algo cuestionable desde la óptica del "principio de continuación" de la empresa).
  • Registrar y aceptar datos biométricos:  tener firma, foto y huella dactilar registrada digitalmente en el “Sistema  Registral”.
  • No registrar antecedentes en el registro de infractores. En el caso de personas júrídicas este requisito alcanza a los componentes de la misma.
  • Para las personas jurídicas, tener declarados los socios y los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, en ejercicio, según el tipo societario de que se trate. Es decir, Estar cargado el contrato en la base de DGI (miembros societarios).

Requisitos particulares:
  • Acreditar solvencia económica o constituir garantía. Es decir, garantizar actuación ante Aduana  (por si cometemos algún ilícito) por la suma de $30.000. Algo que se puede conseguir con las distintas formas que acepta DGA como garantía (lo más barato, el Seguro de Caución que tendrá un costo anual aproximado de pesos 900 al día de hoy y debe renovarse en julio de cada año según Resolución correspondiente). Sólo para inscripción como “habitual”. También existe la "solvencia automática"(cuando se tienen ventas netas superiores a $300.000 o patrimonio declarado al fisco por al menos ese importe) no siendo obligatorio en esos casos la constitución de garantía (art. 12 DR 1001/82). Aclaramos también que por RG AFIP 2220/2007, entre otros sujetos, se exime de acreditar solvencia económica a los monotributistas y al Estado Nacional, las Provincias y Municipalidades, dependecias públicas, entes autárquicos o descentralizados, sociedades y empresas del Estado.
  • Declaración jurada manifestando no estar comprendido en los supuestos del Artículo 94, Apartado 1, inciso d) del Código Aduanero. Para las personas jurídicas el requisito se extiende a sus directores, administradores o socios ilimitadamente responsables. En la práctica esto se cumplimenta con una declaración jurada informática al iniciar electrónicamente el trámite de inscripción.
  • Certificado de antecedentes expedidos por autoridad policial o por el Registro Nacional de Reincidencia. Para las personas jurídicas el requisito se extiende a sus directores, administradores o socios ilimitadamente responsables. en el interior, para cumplir esto se presenta Certificado de Buena Conducta emitido por la Policía de la Provincia de la persona física que se inscribe o de los directores, administradores o socios ilimitadamente responsables de las personas jurídicas (art. 6 inc. a- de la RG AFIP 2572).
Otros requisitos:

  • Fideicomisos, ACEs, UTEs, Consorcios de Cooperación y demás “contratos asociativos no societarios” pueden inscribirse también, deben cumplir también con la RF AFIP 2551/09 y mod. y complementarias.

No forman parte del trámite de Registro como exportador/importador pero casi que van de la mano:
  • Denuncia de CBU (para los exportadores, informando a AFIP la cuenta bancaria en la que percibiremos el Reintegro  de Exportación y/o Recupero de IVA por Exportación).
  • Autorizaciones electrónicas para representante legal de la empresa y para el / los despachantes.
  • Tramitación de algún  servicio de pagos electrónicos (Link, Pago Mis Cuentas o Interbanking) los depósitos en la Cuenta María para pago de tributos o pagos posteriores de derechos de exportación, servicios extraordinarios aduaneros, etcétera,  se realizan por VEP con pago electrónico.
  • Incorporación de algunos servicios de gran uso para exportadores e importadores dentro de la página AFIP con clave fiscal: (Mis Operaciones Aduaneras, RG 1639, Gestión de Importadores Exportadores, Gestión de Servicios Extraordinarios, Gestión de DJAI, etc.)
  • Adherir al Sistema de Consulta y Notificaciones Aduaneras (SICNEA) para mantener beneficios de consolidación en planta de exportaciones y/o pago de derechos con plazo de espera, entre otros casos.
  • Tener correctamente declarada la actividad económica según el Clasificador de Actividades Económicas (ver post al respecto).

El trámite puede hacerse sin intervención de ningún profesional, pero por el manejo de herramientas AFIP web y algunas cuestiones técnicas recomiendo que sea alguien que aunque no necesariamente profesional (contador o despachante por ejemplo)  tenga algunos  conocimientos previos. El viejo formulario OM 1228 desapareció, ahora el sistema arroja el l 420R, y casi todo el trámite es electrónico. A groso modo consiste en iniciar el trámite, presentar la documentación en el plazo de 30 días y luego de que intervenga Policía Aduanera comprobando inexistencia de inhibiciones, dar el alta final (ver con mayor precisión la RG 2570, sus modificatorias y complementarias).

Si le sirvió este artículo y está considerando inscribirse como "exportador" le pido que me haga el favor de contestar la encuesta que está en este mismo blog -solapa del lado derecho de la pantalla- sobre el motivo que lo impulsa para después compartir los resultados, gracias!

PD: HOY 10/04/2013, AGREGO A LO MENCIONADO: RG AFIP 3474/2013, SICNEA - VER SI CORRESPONDE ESTAR DADO DE ALTA. ES REQUISITO DE INSCRIPCIÓN Y PERMANENCIA EN EL REGISTRO ---> http://www.diegodumont.blogspot.com.ar/2013/04/sicnea.html

Legislación de referencia
RG AFIP 2570/09  sus modificatorias y complementarias (Sistema Registral).
RG AFIP 2449/08 y 2572/09, sus modificatorias y complementarias (Autorizaciones electrónicas)
RG AFIP 2239/07, sus modificatorias y complementarias (Clave Fiscal).
RG AFIP 2551/09, sus modificatorias y complementarias (contratos asociativos no societarios)
RG AFIP 2574/09, sus modificatorias y complementarias (trámite de declaración del domicilio)
RG AFIP 2675/09, sus modificatorias y complementarias (denuncia de CBU)
RG AFIP 1639/04, sus modificatorias y complementarias (afectación de estímulos al pago de impuestos)
RG AFIP 2883/10, sus modificatorias y complementarias (cancelación de obligaciones aduaneras vía VEP)
RG AFIP 3474/13, sus modificatorias y complementarias (SICNEA)
RG AFIP 3537/13, sus modificatorias y complementarias (Clasificador de actividades económicas)



98 comentarios:

Anónimo dijo...

MUY BUENA INFORMACION ME SIRVIO DE MUCHO. GRACIAS. SALUDOS. ALEJANDRO.

Anónimo dijo...

Muy buen resumen.

Diego Dumont dijo...

Gracias a ambos. Salu2!!

Anónimo dijo...

Estuve buscando información en la web y quede mareado por la gran cantidad de notas. Esto me aclaro todo. Gracias. Ricardo

Diego Dumont dijo...

Gracias Ricardo, se hace lo que se puede y lo que no se busca hecho. Saludos!

Anónimo dijo...

Que bueno este blog
si lo hubiera encontrado antes ...me ahorraba tiempo
Gracias.
Silvia

Anónimo dijo...

la declaración informática de no estar incluido en los supuestos del art 94..Como se hace?
Silvia de Chilecito

Anónimo dijo...

PREGUNTO EXACTAMENTE LO MISMO COMO REALIZO LA DECLARACION JURADA DEL ART 94, MUY BUEN BLOG

Unknown dijo...

diego ante todo gracias por la informacion, la encontre hoy porque me estoy quemando el bocho. mi nompre es roberto y te hago una consulta, yo no compro mucho afuera y siempre las entregas me llegaron por correo. ahora me llego el papel para retirar y completar. mi pregunta es... puede ser que no pueda generar mas de 2 tramites por la pagina? porque tengo 4 paquetes pedidos y me dijo un amigo que no se puede mas de 2. espero tu respuesta y me gustaria saber que me conviene hacer. arreglo camaras gps y celulares pero ya nadie tiene nada aca y los que tienen se abusan, me convendrá ponerme como importador? son paquetitos chicos y no de mucho valor. gracias!

Unknown dijo...

diego ante todo gracias por la informacion, la encontre hoy porque me estoy quemando el bocho. mi nompre es roberto y te hago una consulta, yo no compro mucho afuera y siempre las entregas me llegaron por correo. ahora me llego el papel para retirar y completar. mi pregunta es... puede ser que no pueda generar mas de 2 tramites por la pagina? porque tengo 4 paquetes pedidos y me dijo un amigo que no se puede mas de 2. espero tu respuesta y me gustaria saber que me conviene hacer. arreglo camaras gps y celulares pero ya nadie tiene nada aca y los que tienen se abusan, me convendrá ponerme como importador? son paquetitos chicos y no de mucho valor. gracias!

Diego Dumont dijo...

Hola Silvia, gracias por tus comentarios!!!
La DDJJ se hace online cuando hacés el trámite en Sistema Registral de AFIP.
Un placer, saludos

Diego Dumont dijo...

Hola Anónimo. Misma rta que a Silvia, Saludos!

Diego Dumont dijo...

Hola Roberto. Para comprar cosas chicas está duro. Sí, son 2 compras anuales (año calendario) POR PERSONA máximo.
No sé tu nivel de actividad pero es posible que te convenga inscribirte si pensas traer mucho o sino comprar local un mayorista, porque lo que te ahorres por importar siendo Responsable Inscripto lo vas a pagar en estructura.
Saludos!!

Unknown dijo...

Hola diego que tal!..la verdad que esta interesante toda tu info,..Me tomo el ATREVIMIENTO!!Para pedirte un sano consejo,actualmente estoy haciendome muchas preguntas por un problema que estoy teniendo.Te comento, mi trabajo es independiente,compro mercadería tal como:perfumes,carteras,billeteras,bolsos,calzados,etc..y todo lo compro en tiendas mayoristas locales de mi ciudad..actualmente tengo un promedio de compras de unos 30.000 a 40.000 pesos a lo largo de cada mes..y hace un tiempo comencé a visitar paginas del mercado chino,en las cuales ofrecen los mismos productos que yo compro por menos de la mitad de lo que yo actualmente pago,e incluso mas bajo precio aun..
desde ese dia estoy muy interesado en la idea de importar mercadería desde china asta mi país argentina..la gran duda mia es .que me conviene hacer diego?..
los pedidos a china me arian ganar mas dinero seguramente ya que el envio es gratuito inclusive,pero ala vez ,el gasto de impuestos aduaneros y todo lo demás que yo no se que serán porque de verdad nunca ise nada de esta talla y bueno estoy como muy confundido diría..
espero me puedas ayudar a tener un panorama mejor ya que me interesa en gran manera esto de importar lo que yo vendo. además de lo mencionado otro punto en contra es que seriamente no tengo a nadie conocido que me de una información sertera de esto que pregunto...gracias por todo ,Christian..

Anónimo dijo...

Hola Diego, cuanto tiempo en promedio dura el proceso de incripcion una vez se ha hecho el tramite en la web? Gracias

Diego Dumont dijo...

Hola! como mucho 1 semana pero normalmente es menos!
Saludos!

Anónimo dijo...

Diego como estas? muy buen blog y data!
Queria consultarte cuanto tiempo se demora en comenzar a operar una vez inscripto como importador? tenia entendido que era 1 año puede ser?, y una consulta extra, quisiera empezar por la modalidad DAPE, ahora se las compro a un colega que lo hace el pero mi idea es hacerlo yo.. (productos electronicos, por ej. "TABLETS"), se podria usar una firma inscripta en el mientras tanto, por eso la pregunta de cuanto demoraria en comenzar a operar.. Desde ya muy amable por la informacion que nos brindas! Gracias!

Unknown dijo...

Hola Diego, un placer leerte con la facilidad que explicas cosas que para los neofitos en el tema como yo es casi imposible entender,quisiera pedirte un consejo, te cuento...soy una vendedora independiente, vendo carteras, bijouterie, ropas y calzados , compro en mi pais a mayoristas. De un tiempo a esta parte encontre en paginas chinas los mismos productos que yo vendo con precios dos y tres veces mas baratos que a los que yo compro.Ahora comence a intentar vender mayorista para el mercado local de mi ciudad. hago compras entre 30000 y 50000 mensuales, mi pregunta es, me conviene comprar en China? teniendo en cuenta los costos aduaneros y de importacion? de ser asi me conviene inscribirme como importador?. No tengo idea si lo que te pregunto es muy basico, solo se que yo no incursione nunca en este mercado. Agradeceria muchisimo que echaras luz sobre mi ignorancia. Muchisimas gracias, espero tu respuesta.

Unknown dijo...

Soy de Resistencia Chaco, Argentina

Diego Dumont dijo...

Hola Norma! Gracias por los comentarios y la buena energía.
Mirá mepa que trabajando con envíos de 2500 a 3000 dólares que es el monto que estás trabajando más o menos si agregás gastos (a ojo de buen cubero), lo único que te podría funcionar hoy es una vez responsable inscripta envíos postales de hasta 20 kilos a tu domicilio (llegan a Aduana Barranqueras) y luego ahi se haría el despacho de importación. Pero veo que tus posiciones arancelarias (4202 y 4203) tienen Aduanas Especializadas y está prohibido en tu Aduana. Cosas de Argentina....
Esperate que cambie un poco el contexto y te lo hacés mandar por Courier (DHL, FEDEX, UPS, TNT) y va a salir más barata la historia... hoy no porque te matan en esos importes. Y no te traigas nada de ningun animalito silvestre...

Mucha suerte!!


Anónimo dijo...

Hola queria saber si un monotributista puede inscribirse e importar en esa condicion o debe inscribirse como responsable inscripto?
Sabes donde se realiza la Declaración jurada manifestando no estar comprendido en los supuestos del Artículo 94, Apartado 1, inciso d) del Código Aduanero, porque no encuentro donde lo pide y como es el tramite para inscribirlo?

Diego Dumont dijo...

Hola Anónimo.
Monotributista no puede importar. Tenés que ser o RI o sociedad, por ejemplo.
La DDJJ se hace online sobre el mismo trámite de alta de importador exportador en la página de AFIP.

suerte!

juan dijo...

Hola Diego te consulto algo. Se que las cosas en las importaciones cambiaron con el nuevo gobierno o están por cambiar. La pregunta es, siendo ciudadano común cuantas veces puedo comprar por internet? (repuestos de autos) cual es el limite que tengo para traer cosas sin estar inscripto como importador? Muchas Gracias.

Diego Dumont dijo...

Hola Juan. El límite sigue siendo 2 comrpas al año.
Está vigente este tema. RG AFIP 3579 y RG AFIP 3582.
suerte!

juan dijo...

Te molesto nuevamente Diego. Yo tengo cuit y clave fiscal nivel 3. Acabo de hacer una compra de 980 dólares y me llego sin problema por FedEx, previamente habiendo hecho la declaración jurada en el formulario 4550. yo quiero seguir trayendo cosas del exterior para vender. Vos que me recomendas? Hacerme responsable inscripto e inscribirme como importador?. Si sigo comprando en mi situación actual,puede que las cosas me queden en aduana trabadas?

Anónimo dijo...

Hola Diego, mi nombre es Christian, estaba queriendo comprar por eBay pero, como vos decís, me permiten ingresar solo dos compras anuales, existe la manera de seguir comprando luego de esas dos compras permitidas, ademas, estaba queriendo comprar varias unidades de algunos productos en el exterior, ebay o donde sea, para luego vender aquí, ya que resultaría una salida laboral, que consejos me das para hacerlo, me tengo que inscribir como importador, y como decís, responsable inscripto, o tenes alguna otra forma de hacer dichas compras como para empezar al menos, desde ya gracias por el explicativo y los consejos que das. Abrazo.

Christian dijo...

Hola Diego, Christian nuevamente, leí tu respuesta a Juan y creo que me puede servir también, cuanto se encarecen los productos al hacerte importador? gracias.

Javi dijo...

Hola Diego, el limite de 980 dolares es incluido flete y gastos bancarios o de manipuleo. O solo de la mercaderia. Gracias, Javi

Javi dijo...

Hola Diego, los 980 dolares son incluyendo el costo del flete y manipuleo (todo lo que pago a origen) o solo el valor de la mercaderia.
Saludos

Diego Dumont dijo...

Hola Javi!!! perdón por la demora, más vale tarde... meti mal el dedo parece o te quise poner un ejemplo, el courier tiene un limite de 1000 dolares , no incluye ni flete ni seguro (es FOB) el limite!! suerte!!!!

Anónimo dijo...

Hola Diego muy buen Blog! Te consulto cuanto tiempo tardan en habilitar una trans de eeuu para que te llegue a la cuenta acá? Es por servicio que se hace todos los meses.

Diego Dumont dijo...

Hola Anónimo, una transferencia?. Max. 48hs hábiles. Suerte!

martin dijo...

Hola Diego , te quería consultar , estaba pensando comprar un ploter de impresión, con peso de 200kg y valor de $3.200 dolares , si me inscribo como importador siendo monotributista lo puedo retirar pagando todos los impuestos correspondiente ? , el mismo ploter de impresión aca en el país cuesta $220.000 pesos , que me recomendarías hacer ? .. muchas gracias Martin

Diego Dumont dijo...

Hola Martin llegaron tus 4 mensajes, pero quedan sujetos a moderación :P.
No podés importar como monotributista.
Tenés que ser RI. Y ahí sí podés avanzar.

Abrazo!

ezearts dijo...

1. En febrero 2016 realicé una compra Online por valor de U$S 770 (repuestos para mi bicicleta de competición). Con lo cual con la legislación vigente no tuve ningún inconveniente, para retirar la mercadería, habiendo realizado todos los trámites en aduana-
2. Este me adquirí del mismo sitio Online una compra por valor de U$S 1.170 (también repuestos para la bicicleta de mi viejo y mia). con lo cual me pasé del monto permitido para los compras/envios por CORREO OFICIAL DE ADMINISTRACIÓN ESTATAL.
3. Esto fue debido a una apresurada interpretación del manual de compras por Internet que publica la AFIP, y tomé comp parámetro para mi compra la de CORREO OFICIAL DE ADMINISTRACIÓN ESTATAL, SERVICIO EMS la cual dice “…Si el envío supera los U$S 3000 se le deberá aplicar el tratamiento del Régimen General de Importación”.

Habiendo planteado mi situación, y aún no recibiendo la mercadería porqué llegará dentro de los 10 días aproximadamente.-

1) A tu interpretación, tendré problemas para retirarla, puesto que viene con traking con prefijo EE,? ( e.g. EE987654321XX) which is given to each EMS ítem”). Pues todos aquellos que comienzan con EE según UPU Standars son asignados a servicios EMS”. Siendo este el caso, el límite para poder retirar mercaderías sin estar sujeto al régimen general de importación sería de U$S 3.000.
2) El problema que habiendo leído las Res ANA 743/95 y Res 501/99 a la que hacer referencia el “manual de compras por internet” publicado por AFIP , este límite a rajatabla solo operaría para personas físicas pero inscriptas como importadores.-
3) ¿Podré retirar mi mercadería? Soy monotributista, vale la pena inscribirme como IMPORTADOR NO HABITUAL para retirarla? Zafaré con un despachante de Aduana?
4) Por último, ¿Cuanto demora el trámite para inscribirme como Importador No Habitual?

Unknown dijo...

hola todo muy claro.. muchas gracias por la informacion, pero tengo otra consulta clave, como se hace para contactar con distribuidores o fabricas en el extranjero, como por ejemplo china o vietnam? muchas gracias

Diego Dumont dijo...

Hola Julián: probá con Alibabá y Aliexpress, podés pedir contactos en Cámara Argentino China también, y algo así como un "veraz internacional" con cargo en www.sintesis.com.ar o en COFACE.
Suerte!

Diego Dumont dijo...

Hola Ezequiel, lo que estuviste leyendo es de otro Régimen que es para importadores.
Lo tuyo es compra particular. No creo que puedas ir por ahí.
Mandame un mail ddumont@fibertel.com.ar

Unknown dijo...

hola Diego
Puedo importar insumos de electronica ya que me dedico a reparar y cual es el monto permitido. Segun como sea veo de inscribirme como importador. gracias

Diego Dumont dijo...

Hola Laura, podés pero tenés que ser Responsable Inscripta sí o sí.
No hay restricciones de montos si estás inscripta.
Suerte!!

Anto dijo...

Buen día Diego! Ante todo, muchas gracias por tu claridad en la información brindada. Tengo la intención de importar bijouterie, he hecho algunas compras como particular y he tenido inconvenientes para retirar. Mi pregunta es si me conviene comprar a locales mayoristas o inscribirme como importadora, desconozco qué costos aduaneros y demás extras debería abonar con cada importación,y si se pueden utilizar los servicios Courier siendo importador; quizás puedas darme una mano al respecto. Muchas gracias!

Anónimo dijo...

Buenos dias Diego

Sabes cual es el motivo por el cual no se puede ser monotributista e importador ???

He consultado el tema y algunos despas me han dicho que esto es posible; otros me dijeron que no. Y hasta me dijeron que es posible pero solo para importar por unica vez.

La verdad que estoy bastante confundido !!!!

Unknown dijo...

Hola Diego, realmente para felicitarte este blog. Si compro palos de hockey por USD3000, inscripto como import habitual y RI. Tengo q pagar aranceles o impuestos? Cuanto? Much as gracias. German Rojas

Diego Dumont dijo...

Hola German, te respondí el correo , abrazzi

Diego Dumont dijo...

Anónimo. Porque lo dice textualmente la Ley de Monotributo, suerte!!!

Diego Dumont dijo...

Anto, son muchas preguntas en una. Si son envíos comerciales, no estar inscripta te va a tener atada de pié y manos porque no vas a poder laburar por las buenas, sin registro aduana sólo te va a permitir cantidades para uso personal (por envíos postales y courier). Digo por las buenas porque hay de todo en este país!. Suerte!!

Unknown dijo...

"Buenas tardes,
Nos sería de gran interés poder concretar una reunión con Uds. y de esta forma conocernos mutuamente.

En Muller Logística, ofrecemos servicios de almacenaje, logística y distribución para fabricantes, importadores, exportadores y para todo tipo de empresas ya que somos el aliado estratégico ideal para nuestros clientes, acercándoles soluciones en su cadena de suministro, de guarda de mercadería y logística; como así también control de stock y preparación de pedidos de gran caudal, también para e-commerce y pequeños fabricantes y/o importadores.

Contamos con clientes fijos y también clientes ocasionales, quienes por propia necesidad de mercado deben salir a buscar espacios para su mercadería en momentos en los cuales cuentan con picos de stock, o bien necesitan liberar espacios en sus depósitos para otros fines.
Nos encantaría entablar una relación comercial con Uds. y así poder formar parte de su carpeta de proveedores a futuro.

Desde ya, agradecemos su atención.
Nuestra web http://mullerlogisticaint.wix.com/mullerlogistica"

Anónimo dijo...

Diego buenisimo tu post te envié un mailm igual. Estoy queriendo traer cosas del exterior.b Bruno

Anónimo dijo...

Hola Diego. Tengo una pregunta para hacerte. Este año compre en e-bay unas 20 luces de decoracion para venderlas. Funciono muy bien y me gustaria taer cada mes unas 20 luces, tambien para la venta. Me recomendas por este volumen inscribirme o seguir contratando un importador ?. Mas adelante quisiera incorporar mas productos y cantidades y ahi si veo la necesidad de ser RI. Que me recomendas ?. Saludos. Claudia.

Diego Dumont dijo...

Hola Claudia, si te inscribís podés importar via postal con IC01 ... pero para eso vas a necesitar estar en una aduana donde se puedan importar esas luces , por Resolución de Aduanas Especializadas y contar con certificación eléctrica..
Lo que hacés te esta funcionando pero DGA podría frenarte en cualquier momento la carga porque puede presumir lo que estás haciendo.. vendiendo :), para lo cual deberías Si o Si ser inscripta.
Mi consejo es que salvo que tengas la clientela para crecer y hacer seguridad eléctrica y bancar un despacho te quedes donde estás si te funciona pero sabé que puede fallarte en algún momento. Suerte!

Diego Dumont dijo...

Recién te leo Bruno! bueno ya te inscribimos y estamos laburando! ;) abz

Diego Dumont dijo...

gracias por comentar Muller Logistica, con todo gusto contactense a dmfcomercial@fibertel.com.ar
slds

Anónimo dijo...

Hola Diego, mi planteo es similar a un comentario anterior, compré varias veces brochas de maquillaje y se vendieron muy bien x lo q me vendria bien traer cada mes para reponer stock. En mi caso tengo 2 problemas, el primer es q hay clientas q solicitan pagar por mercadopago y en ese caso deberia inscribirme como monotributista si supero 10 operaciones mensuales, pero no puedo ser monotributista ya q no podria presentar recibos de mis compras q traigo con un importador. Hay alguna alternativa para cobrar por mercadopago?. El planteo nro 2, no estoy inscripta en DGI, soy estudiante y no trabajo, si me inscribo como RI antes de comenzar a importar, hay un importe fijo q deba pagar todos los meses como en el monotributo?, porque en ese caso no se si me convenga ya q como no me dedico a esto exclusivamente, en meses de examenes no me ocupo de vender por lo q no podria pagarlo. Una vez inscripto como importador, como se pagan los impuestos? Se paga algun porcentaje sobre el precio de cada paquete recibido?. Perdon tantas preguntas. Muchas gracias.

Diego Dumont dijo...

Hola como estas!
Si podés ser monotributista y comprarle a otro importador (Y en ese caso, si en mercadopago te piden ser monotributista no hay problema) . Lo que no podés es ser monotributista e importar.

La otra, si te pasas a RI vas a tener que pagar mensualmente a un contador para que te liquide IVA e Ingresos Brutos (Rentas), no hay un fijo. Es decir, vas a tener como mínimo el honorario del contador si es que un mes no hacés nada y cuando tengas actividad, eso más el IVA e Ing Brutos (tenés que facturarle a tus clientas) . Andá de a poco.. suerte!!

Anónimo dijo...

Hola Diego, yo suelo hacer compras en el exterior pero poca cantidad, el tema es que tengo ganas de jugarmela e invertir por tirar una suma unos 30000 pesos en juguetes o electrónica.
Las consultas son:
Es mucho quilombo el papelerio para hacerse responsable inscripto y luego importador?
Por lo que leo arriba si me declaro responsable inscripto y me hago importador, tengo que pagar todos los meses si o si a un contador, por más que en algún mes no importe nada?
Es necesario contar con despachante de aduana?
Desde ya, muchas gracias

Nicolás.

Diego Dumont dijo...

Hola Nicolás como estás.
No es una misión imposible ninguna de las dos inscripciones.
Lo mínimo que vas a pagar si no tenpes movimientos son los honorarios del contador por presentar las DDJJ, es correcto.
Un despa es indispensable para que te acompañe en el proceso. Hay una resolución , la 333, que te permite no utilizarlo hasta 3000 usd y la aduana te carga el despacho "gratis", pero en la práctica no camina y además necesitás el asesoramiento de un despa porque el comex en Argentina es casi un deporte extremo :D. Suerte!!!

Anónimo dijo...

Masomenos cuando tardan los trámites para hacerse RI e importador?
Importar electrónica y ropa es muy difícil?
Perdón por tantas preguntas, pero no encuentro muy buena info sobre esto y la verdad es que quiero meterme en el tema.
Desde ya, muchas gracias

Nicolás.

nestor dijo...

Hola Diego.Estoy pensando en empezar con el tema de importar algunas cosas, pero no tengo mucha idea de los tramites. La pregunta es, existen firmas q te hagan de importadores, o sea, q te traigan la mercaderia q vos compras de afuera(o que te la saquen de la aduana)?Xq segun leí en los comentarios tenes q ser R.I. para importar. Y, aunque no tengas movimiento como minimo tenedrias q pagarle x mes a un contador x las liquidaciones. Y a lo mejor conviene, x ahora, contratar a un tercero q te haga de importador. X ahora estoy calculando los costos y q conviene mas. Lo q compraria serían valvulas. a lo mejor no es mucha cantidad en dinero, pero si en cantidad. si bien no es mucho bulto, es kisas 200 items de un solo producto. saludos!

Diego Dumont dijo...

Hola Nicolás.
Si sos monotributista, pasarte a RI es inmediato. El contador tramita la baja de monotributista y alta por sistema de IVA/Ganancias/Autónomo. Tené en cuenta que por 3 años no podés volver a ser monotributista.
Suerte!

Diego Dumont dijo...

Hola Nestor.
Si, existen esas firmas.
Se llaman TRADING COMPANY o TRADERS.
Siempre importar vos te sale más barato pero es una opción.
considerá si usas un trader hablar con abogado para que te haga un contrato para proteger tus intereses y que la trader no te sople el negocio.
Suerte!

Unknown dijo...

hola, buenas tardes, me encontré con su blog tratando de buscar información para saber de que modo debo realizar la inscripción para ser importador. Hoy me encuentro en relación de dependencia trabajando, pocas horas al dia y me interesa traer productos de chile o eeuu para venderlos en el país. Que me recomendaría usted hacer o como inscribirme para poder importar, teniendo en cuenta que ya dispongo de CUIL, tengo los datos biometricos registrados(cuando me devolvieron la retención de un 35% al realizar un viaje al exterior, realice esos pasos para que me devuelvan ese dinero). Espero su recomendación, desde ya muchas gracias y muy bueno el blog. Saludos, pablo

Diego Dumont dijo...

Pablo como estas. Si lo que vas a ganar supera a los que vayas a gastar por pasarte Responsable Inscrito y pagarle a un contador honorarios por liquidar IVA, iibb, ganancias y pagar autónomo, dale para adelante.. sino te conviene ser monotributista y revender lo que le compres a otro importador. Suerte!!

Diego Dumont dijo...

Pablo como estas. Si lo que vas a ganar supera a los que vayas a gastar por pasarte Responsable Inscrito y pagarle a un contador honorarios por liquidar IVA, iibb, ganancias y pagar autónomo, dale para adelante.. sino te conviene ser monotributista y revender lo que le compres a otro importador. Suerte!!

Unknown dijo...

gracias por su respuesta!!. claro, todavía no se lo que puedo llegar a ganar por que dependerá de las ventas.que pueda generar. voy a tener en cuenta lo que recomendaste, sobre comenzar por ser monltributista. ahora como me encuentro comenzando con esta idea, estoy averiguando bastante al respecto.¿ Que pensas sobre, comprar los productos en el extranjero(en chile por ejemplo) y que me los.envien por FedEx, DHL u otros ?. ¿cual serian los pasos que recomendarías realizar en cuanto al proceso desde la compra del producto hhasta que llegue a mis manos? ..muchas gracias por tu ayuda

Unknown dijo...

gracias por su respuesta!!.primero tendría que pasarme monltributista. ¿ que importadores podrías recomendar para comenzar? ..saludos

Diego Dumont dijo...

Pablo el tema es que esas compras son de uso o consumo personal. Podes comprar hasta 3 unidades de la misma especie, hasta 5 veces al año. Pero si aduana interpreta que estas trayendo para revender te puede detener el envío y solicitar que pongas despachante y actúes como importador. Ojo! Suerte.

Diego Dumont dijo...

Me mataste. Buscá mayoristas de tu rubro que importen.
suerte!

Anónimo dijo...

hola Diego. buenas tardes!
te comento en que situación me encuentro; Quiero hacerme importador de productos electrónicos pero para eso quiero saber cuales son los montos de ganancias que obtendría pagando todos los derechos que me exige la ley, quiero tener un panorama de todos los gastos fijos y variables que voy a tener con aduana importando este rubro, cual es el monto a pagar mensualmente por ser importador? es verdad que para productos electrónicos como smartphone, laptops, etcétera el impuesto es 0%? tenes idea que porcentaje cobran las empresas de logistica para transportarme los productos de Usa a Buenos Aires?, tengo pensado importar un promedio de uss10.000 mensualmente porque mi finalidad es entregar los productos por mayor. algún otro gasto significativo que no estoy tomando en cuenta?
desde ya mil gracias por el blog y la información, aguardo tu respuesta.

saludos. Dias.

Diego Dumont dijo...

Anónimo
No se puede saber de manera general. Te aconsejo que pidas una Proforma Invoice (cotización) por uno o dos tipos de productos , no más. Y con eso solicites un servicio de costeo a medida de lo que te cotizaron, con la logística adecuada al caso. El costo varía por tipo de producto, volúmen, forma de envío, etc. Tratá de reunirte con un despachante de aduana en tu ciudad, suerte!

romanrsr dijo...

Diego, como estas? Antes que nada muchas gracias por toda la info, y por tomarte el trabajo de responder. No me queda muy claro que es lo que tengo que pagar una vez que importo mercadería. Supongamos que importo notebooks por $30000 y las vendo, que tengo que pagar como responsable inscripto? Yo trabajo en relación de dependencia, que complicaciones me traería ser responsable inscripto? Y suponiendo que no me vaya bien, puedo darme de baja como responsable inscripto y volver a ser monotributista? Muchas Gracias!

Unknown dijo...

Diego muy bueno tu blog. Me podras recomendar algun importador?....saludos!!!

Unknown dijo...

Felicitaciones por su blog. Diego podras recomendarme algun importador?...saludos!!!

Jorge dijo...

Hola Diego:
Desde ya muchas gracias por la información que aportás.
Te hago una consulta: Sabés algo si las nueva forma de Sociedad que crea la ley de emprendedores (ley 27.349): Sociedades por Acciones Simplificada (SAS) van a ser incluidas entre los sujetos que pueden ser importadores. Gracias otra vez. Saludos. Jorge

jerenav dijo...

Diego, bastante claro todo. Soy responsable inscripto (empresa unipersonal). Quiero iniciar la inscripcion para importador/exportador. Es para importar relojes de determinada marca y otras cosas. Desde que inicio el tramite, hasta que estoy listo para importar, cuanto es el tiempo promedio que suele durar el tramite completo?. Es obligatorio el despachante de aduanas?. Gracias.

jerenav dijo...

Diego, cual es el tiempo promedio que dura el tramite de importador/exportador desde que lo inicio hasta que estoy listo para importar?. Es obligatorio el despachante de aduanas?

Diego Dumont dijo...

Hola jerenav, como estás.
El trámite te puede demorar una semana aprox desde que estás en condiciones (tenés caución tramitada y certificado del Registro Nacional de Reinicdencia), suerte!

Diego Dumont dijo...

jerenav olvidé avisarte, la intervención del despachante en importación es prácticamente obligatoria, quitando algunas excepciones. Por ejemplo RG 333 (Régimen Simplificado de importación, hasta U$S 3000 que deja en manos de aduana el registro de la importación )-en mi experiencia la aduana te tira los papeles por la cabeza- o Régimen simplificado (couriers), asesorate antes de usarlo, suerte!

Diego Dumont dijo...

Hola Jorge, hace poco me hicieron la misma pregunta. Sentido común sí , van a poder importar y exportar. Habrá que ver llegado el momento si acomodan la reglamentación de antemano o , como muchas veces pasa, se hace operativo antes de que se actualicen las normas siguiendo la lógica de otros tipos societarios L 19550. Gracias por el comentario.

Diego Dumont dijo...

Frank Gomez muchas gracias! no te entendí la preunta sobre el de importador que necesitas? saludos!

Diego Dumont dijo...

Hola Roman Racca como estás.
Lo que se paga de tributos al importar varía por posición arnacelaria y destino de los bienes.
Si querés volver de RI a monotributo debés esperar 3 años según dice la propia Ley de monotributo, y tenés que demostrarle a la AFIP que en esos 3 años estuviste por debajo de los parámetros de la categoría más alta. Suerte!!! y disculpas por la demora.

Agustina dijo...

Hola Diego me gustaría leer más de importador No habitual. Dónde podría leerlo?

Diego Dumont dijo...

Hola Agustina. Lee artículo 92 inciso 2 del Código Aduanero.
Requisitos particulares RG 2570/09 (Sistema Registral)
suerte!

Lorena dijo...

Hola Diego, por lo que leí si trabajás en relación de dependencia no podés inscribirte en RI para ser importador, sino que que podés ser monotributista y comprarle a un importador no? Es correcto lo que entendí?

Diego Dumont dijo...

Hola Lorena, si sons empleada pero además tenés otra actividad por la que te das de alta como RI, podés importar para mí.
Suerte!!
Diego

Unknown dijo...

Hola, Diego. Ahora mismo poseo suficiente capital como para iniciarme como importador. Sin embargo, el año pasado no tuve ingresos, por lo que seguramente en cuanto a la solvencia se me de lo negativo. ¿Con que yo vaya a mi banco, santander, y pida que acrediten la solvencia es suficiente?

Diego Dumont dijo...

Hola como estás. La solvencia la determina AFIP. Si tenés ventas brutas por al menos pesos 300.000 mil o patrimonio declarado en AFIP a partir de ese importe es automática, sino hay que hacer seguro de caución. Suerte!

Diego Dumont dijo...

Hola Sol. Contestado!
Suerte!

Unknown dijo...

Hola, mí consulta es la siguiente.
Tengo una ferretería y una pequeña distribuidora, soy inscripta pero ahora me gustaría avanzar e importar herramientas desde China, esto me es posible o es muy difícil. Y después tener que pagar mucho en impuestos soy de Argentina.

Unknown dijo...

Hola diego, ante todo muchas gracias por la respuesta. Si ya inicie el tramitecomo importador/exportador y llevo los antecedentes penales en el pendrive a la aduana. En cuanto tiempo puedo dar el alta? O sea cuanto demora en impactar en la pagina de afip?
Gracias

Diego Dumont dijo...

Hola como estas
debería impactar en forma inmediata! ojo el vencimiento del RNR son 5 ds hábiles desde emisión.
saludos!

Diego Dumont dijo...

hola! por la importación de productos de ferretería.. está accesible el contexto.
Tener en cuenta SIMELA en cintas métricas o escuadras, por ejemplo y hay dumping en algunos productos como Mechas o pinzas.
Saludos!

LILIANA dijo...

Buenas Tardes. La poliza de seguro de caucion deberia impactar automaticamente en el sistema de la AFIP?
Muchas gracias

Unknown dijo...

Excelente explicacion Diego! Me fue muy útil! Despues cuento como me va. Muchas gracias!

Diego Dumont dijo...

Liliana, perdón el atraso, sí es asi! es automático
Unknown: esperamos que nos cuentes,
gracias por comentar!

Unknown dijo...

Hola Diego, quiero darme de baja como importador, hay que realizar algún trámite? Tante en AFIP cómo en Senasa? Gracias

Mauro dijo...

Hola Diego...muy buena explicación. Mi consulta es, soy Responsable Inscripto y quiero ser importador, es necesario estar sin deudas ante AFIP? En Autónomos por ejemplo.

Diego Dumont dijo...

Hola Mauro,no saludos!

Diego Dumont dijo...

Susana, te podés dar de baja desde el sistema registral en AFIP con Clave Fiscal

Translate