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Mi blog de Comercio Exterior

Soy contador público (UNL), Especialista en Comercio Exterior (UNR) y Despachante de Aduana. Escribí dos libros que buscan -sobre todo- insertar personas en la exportación: Teoría y Practica de la Exportación por Cuenta y Orden de Terceros (Ed. Librería Cívica, 2013); y Comercio Exterior Para No Especialistas (Ed. Tarifar, 2015). Combino mi trabajo diario con la docencia en carreras de grado y posgrado de algunas universidades nacionales y seminarios en instituciones intermedias de todo el país, y en algunas empresas (“in company”). Suelo participar en los medios con columnas especializadas. Vivo mi trabajo como una pasión, aunque lo más importante siempre está fuera del trabajo. Mi frase preferida: Nunca te des por vencido, porque si lo hacés, viene un chino y te mete en la góndola de los lácteos. Bienvenidos!!!.

miércoles, 24 de septiembre de 2014

¿Qué hacemos con los importadores. Bonos sí o bonos NO.

Por Diego Dumont 
- Para Semanario de Comercio Exterior
Países pintados con la bandera del principal origen de sus importaciones
Fuente: Observatorio de complejidad económica del MIT.

Desde la creación de la DJAI, allá por 2012, los importadores han venido sufriendo cambios constantes en las instrucciones recibidas desde el Gobierno para lograr autorización de sus importaciones y pago al exterior. Y no es para menos, importar está más movido que el mejor mar tormentoso de Ran Ortner (googleen). 

"Son 6000 importadores que importan más de USD 500 mil por año, que presentan 8000 solicitudes por día a un equipo de veinte personas", asegura Diego Perez Santisteban, desde la CIRA. 

Entiendo que no se trata de mala voluntad política, sino que la raíz del problema está en la economía por supuesto (y en el sistema de administración de las DJAI). El pasado año Argentina obtuvo el peor saldo comercial de este Gobierno (USD 9000 millones) y es importante cuidar las reservas.

Cada cambio a veces significó un retroceso en relación a la situación anterior, como en una chanza…  "cambio moto chocada por silla de ruedas", ó "cambio perro rottweiler por mano ortopédica”. Es claro que el Estado aún no tiene resuelto qué hacer con los importadores, pero  por suerte existe aún algo de coherencia –aunque las cosas no estén bien- y finalmente fueron desmentidas en el ocaso del día de hoy (miércoles 24 de setiembre) ciertas versiones que afirmaban que los importadores pagarían importaciones accediendo al mercado de valores, por pedido oficial.  

¿Qué es lo que sí se vino haciendo hasta el día de hoy?
A) Se instrumentó un sistema de comunicación electrónica con Secretaría de Comercio. Fue positivo salvo cuando la empresa no es contactada (no dispone más de una ventanilla para recibir respuestas de las autoridades).
B)El Secretario de Comercio Augusto Costa, invitó a las empresas a buscar financiación extranjera (por ejemplo de un proveedor, o de una línea de crédito del exterior) a capitalizarse o invertir en el país; a llevar adelante un proceso sustitutivo de importaciones, etc. Las empresas que no entran en estos supuestos deben ser estratégicas a los ojos del Gobierno (por ejemplo, estar vinculada a salud, cultura, infraestructura, servicios; exportar, etc.).
C) Se suele solicitar suspender pagos de importaciones aprobadas (hoy, los superiores a USD 150 mil) por decisión del BCRA que se van autorizando según instrucciones de Fábrega. Se menciona desde la CIRA que el sector automotriz, por ejemplo, tiene a la fecha USD 2.500 millones esperando ser transferidos.

Los rumores de pago de importaciones con bonos
Al día de hoy, algunos diarios (ver al pie)[1]  alertaron que se estaba solicitando a importadores pagar sus importaciones con dólares del mercado bursátil.  Esto refiere a dos posibilidades: 1) utilizar el contado con liquidación (compro bonos que cotizan en dólares, los transfiero al exterior y liquido en dólares – para luego pagarle a mi proveedor-), y 2) utilizar el “dólar bolsa” (compro bonos que cotizan en dólares, y luego los liquido en una cuenta local (en dólares) –para luego solicitar el pago a mi proveedor-). No obstante se trata de dos posibilidades absolutamente legales, creo que no cierran frente a las normas del Mercado Único y Libre de Cambios (Decreto 260/2002), y en especial, con el Sistema de Seguimiento de Pagos de Importaciones (SEPAIMPO) creado por el BCRA. Hay que recordar que unos días atrás se publico también sobre la posibilidad de entregar a los importadores bonos para que estos negocien a fin de conseguir dólares.

Palabra oficial
En las últimas horas del día, el Ministerio de Economía y el BCRA emitieron sendos comunicados oficiales para desmentir el rumor. Les transcribo:

MINISTERIO DE ECONOMIA: "Respecto del transcendido en la prensa especializada en el día de la fecha, el Ministerio de Economía y Financias Públicas desmiente categóricamente que se haya instruido (formal o informalmente) a importadores a realizar operaciones de cambio de divisas vinculadas a transacciones de comercio exterior en mercados "alternativos" al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC).
Tal como lo indican el Decreto 260/2002, las comunicaciones "A" 3471 y "A" 3473 del Banco Central de la República Argentina (BCRA) y el Régimen Penal Cambiario Ley 19.359, el MULC es el único mercado legalmente habilitado parar cursar este tipo de operaciones. En igual sentido, la Carta Orgánica del BCRA (Ley 26.739) establece que esta institución es la única encargada de regular en materia cambiaria.
Cabe mencionar que durante el último año las entidades financieras y cambiarias autorizadas para operar con clientes realizaron transacciones en el MULC por más de USD 200.000 M. Este mercado, constituye el único medio legal por el cual los importadores pueden acceder a las divisas necesarias para realizar sus pagos a proveedores.
Finalmente, se reafirma que el único objetivo que persiguen las Declaraciones Juradas Anticipadas de Importación (DJAI) es contar con información para facilitar el análisis y la gestión de los trámites y riesgo aduaneros. Desde su implementación, este esquema ha permitido brindar un marco de previsibilidad para las operaciones de comercio exterior." (la primera vez en que este organismo se refiere a las DJAI).

BCRA: La  institución de Fábrega, sostuvo lo siguiente: “en relación a artículos periodísticos publicados en el día de la fecha, en los que se hace mención a la posibilidad de que operaciones de pagos de importaciones de bienes sean canalizadas en el corto plazo por mercados informales de cambio, que esa información carece de asidero. Esto ocurre, por el orden legal vigente en el país, como así también por la carencia de una fundamentación técnica que amerite la propuesta de una medida de este tipo. El BCRA reitera que el único canal legal para efectuar operaciones de cambio tanto para ingresos como egresos, es el mercado cambiario vigente en el país a partir del Decreto 260/2002. Toda operación cuyo objeto sea la realización de una operación de cambio, o sea el intercambio de moneda local por moneda extranjera o viceversa, debe realizarse en el mercado de cambios a través de una entidad autorizada a operar a tal efecto, acorde a la normativa aplicable para el tipo de operación. Esto ya fue expuesto por este Banco Central, en los Comunicados de Prensa 48496 y 48498 del año 2006. En este sentido, los pagos de importaciones de bienes se rigen por las normas contenidas en la Comunicación “A” 5274 y complementarias, que permiten el acceso al mercado de cambios para el pago anticipado, a la vista y/o financiado de las compras de bienes, en la medida que se cumplan las condiciones específicamente contempladas en dicha normativa”.

Más claro, a echarle nafta... digo agua. Pareciera ser que alguna base cierta tuvieron los rumores, pero me aclararon desde la CIRA que más que como respuesta a un pedido oficial se trataría de un intento de algunos importadores de  cierta envergadura (tal vez automotrices, empresas de Tierra del Fuego, etc.) que han visto demorados sus pagos por lo expuesto en el punto C) y buscan loablemente la posibilidad de cumplir  con sus proveedores. Será?...

Algo más
Me viene bien el artículo para insistir con un tema: sería deseable buscar más de los dólares que faltan al país en la exportación. ¿Cómo? Apoyando más. Por ejemplo: flexibilizando el acceso a pago de derechos de exportación con plazo de espera, apurando las devoluciones de impuestos que inciden sobre las ventas al exterior (Reintegro de exportación y Recupero de IVA); evitar severidad por sumarios aduaneros del art. 954 c) en exportadores que no hayan ingresado divisas por incumplimiento probado de clientes del exterior (entiendo que al BCRA -y no a la Aduana- corresponde sancionar en estos casos), facilitando los trámites de admisión temporal de insumos de exportación y drawback, creando una ventanilla en Secretaría de Comercio (y mejor... automatizar el proceso) para resolución rápida de pedidos de importación de insumos de empresas exportadoras que se traducen en ingresos netos de divisas, etc. La última vez que crecieron las exportaciones argentinas fue en 2011, si ya sé...

Nos vemos...


BONUS TRACK: 

Micro de Comercio Exterior de Arriba Santa Fe sobre este tema:

¿Sabes cómo se opera con “dólar bolsa” y “contado con liquidación”?
1) La persona (comitente) abre una cuenta comitente en una Sociedad de Bolsa, hoy llamada por la nueva Ley, Agente de liquidación y compensación (se solicita DNI del Titular y a lo sumo un servicio en las personas físicas; y más documentación en el caso de sociedades (copia de estatuto, últimos balances, declaración de ganancias, acta de designación y distribución de cargos poderes DNI de representantes, etc.).
2) Los titulares deben disponer de  Nº de CBU  tanto en pesos como en dólares ya que esta operatoria comienza con la transferencia de pesos del titular (desde una cuenta propia) y termina con la transferencia en dólares.
3)  Se transfiere pesos a una cuenta en pesos de la Sociedad de Bolsa para la compra de los títulos:  BODEN 2015 o RO15 (comisión aproximada 1% en pesos).
4) Los bonos deben permanecer durante 72 hs. en la cuenta.
5) Se venden los bonos en el Mercado de Valores contra dólares  (comisión aproximada  1,25% en pesos a la cotización oficial del dólar del día). La venta puede ser en contado o a 72 hs (el precio mejora unos centavos).
6) Se transfieren los dólares a la cuenta local del cliente (en contado con liquidación van a una cuenta en el exterior).
Al día de hoy se obtiene un tipo de cambio cercano a los $14,80 (teniendo en cuenta comisiones).

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