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Mi blog de Comercio Exterior

Soy contador público (UNL), Especialista en Comercio Exterior (UNR) y Despachante de Aduana. Escribí dos libros que buscan -sobre todo- insertar personas en la exportación: Teoría y Practica de la Exportación por Cuenta y Orden de Terceros (Ed. Librería Cívica, 2013); y Comercio Exterior Para No Especialistas (Ed. Tarifar, 2015). Combino mi trabajo diario con la docencia en carreras de grado y posgrado de algunas universidades nacionales y seminarios en instituciones intermedias de todo el país, y en algunas empresas (“in company”). Suelo participar en los medios con columnas especializadas. Vivo mi trabajo como una pasión, aunque lo más importante siempre está fuera del trabajo. Mi frase preferida: Nunca te des por vencido, porque si lo hacés, viene un chino y te mete en la góndola de los lácteos. Bienvenidos!!!.

martes, 18 de septiembre de 2018

El Comercio Exterior en el Presupuesto 2019

Dijo Woody Allen " Me interesa el futuro, porque es donde voy a estar el resto de mi vida". ¿Dónde vamos a estar los argentinos en 2019?, o mejor dicho ¿cómo?.

A continuación un análisis de los principales puntos del Proyecto de Ley de Presupuesto 2019, que tienen que ver con el Comex (y no tanto):



INFLACION
En 2018  los precios se aceleraron como consecuencia de las depreciación del peso (necesaria para mejorar el tipo de cambio real)  y el aumento del precio internacional del petróleo. Continuaron las actualizaciones en las tarifas de servicios públicos que se encontraban atrasadas.
Para 2019 no se esperan ajustes tarifarios importantes, y se proyecta una inflación interanual del 23%, manteniendo un tipo de cambio competitivo.

DÓLAR
$40,10 en  2018
$44,30 en  2020
$48,20 en 2021
$50,50 en 2022
Vemos que el Gobierno apuesta a cierta estabilidad en las variaciones del tipo de cambio luego de la última devaluación. Veremos como nos va en la práctica. Hoy el dólar futuro  (ROFEX) a Abril 2019 está en $52.50.

ACTIVIDAD ECONÓMICA:
2018  cerraría con caída de PBI de 2.4%.
Para 2019 espera  caída del PBI de 0,5%.

FACTORES INTERNOS Y EXTERNOS QUE INCIDIERON EN 2018:
Se indica como factores que influyeron negativamente en el año en curso:
1-     La mayor sequía de los últimos 50  años que provocó  fuerte caída en la producción agrícola y en los ingresos por exportación
- - Suba considerable de las tasas de interés en Estados Unidos: apreciación del dólar
- - Causa de los "cuadernos": que sumó incertidumbre al país, complicando el  financiamiento para los proyectos de infraestructura
- - Agudización de la disputa comercial entre Estados Unidos y China
--  Crisis de  Turquía que contagió a otros mercados emergentes
--  Incertidumbre política de Brasil
6-   Suba del  precio internacional del petróleo

GASTO PÚBLICO
2018 cerraría con caída de 2.7% del PBI y se apuesta a un 2019 con equilibrio fiscal primario. Casi el 80% del gasto público se dedicaría a servicios sociales.

CONSUMO E INVERSIÓN
Se estima caída de inversión 9.7%,  del consumo privado 1.6% y del consumo público 3.4%.


eEXPORTACIONES, IMPORTACIONES Y SALDO DE LA CUENTA CORRIENTE
s    El gobierno destacó como motores de crecimiento desde 2016  a la inversión y a las exportaciones. Con respecto a estas últimas aclara que el impulso de las mismas se debió a "políticas orientadas a su expansión" que fueron incluso anteriores a la corrección del tipo de cambio.

  Para 2019 el Gobierno espera una mejora de la performance exportadora (+21% interanual), basándose en el fin de la sequía, el buen desempeño de Vaca Muerta, una mejora de las exportaciones de Manufacturas de Origen Industrial, la aceleración de Brasil y la existencia de un tipo de cambio más competitivo.
Nos preguntamos, si como dice el Gobierno antes de la reciente devaluación las exportaciones venían mejorando (tenuemente) merced a esas políticas expansivas, ¿las recientes medidas antiexportación no generarán un efecto contrario aunque el tipo de camio sea hoy más favorable?. ¿Es el tipo de cambio una variable de mejora de competitividad tan determinante?. En lo personal, creo que competitividad es un concepto bastante más amplio, y el Gobierno está poniendo demasiado entusiasmo en él, mientras ha tomado medidas que van muy en contra de la exportación (reducción de reintegros, reestablecimiento de derechos, suspensión de reducción de retenciones del complejo sojero).

Con respecto a las importaciones, se espera aumento interanual de 2.4%, y un saldo en la Cuenta Corriente de bienes y servicios de U$S  -9100 millones (2,2% del PBI), corrigiendose así en un 50% el déficit de cuenta corriente medido en dólares.

RECAUDACIÓN POR DERECHOS DE EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN
Basándose en el optimismo de un supuesto aumento de exportaciones, el Estado  va por la capacidad contributiva de los exportadores, quienes serían los "más favorecidos  por el nuevo contexto macroeconómico", anticipando recaudación por derechos de exportación en 2019 de 2,39% del PBI y un aumento en pesos de más del 200% interanual, hasta $431.651 millones. 
El Proyecto de Ley incluye en los artículos 80 a 83, modificaciones sobre la Ley 22415 (Código Aduanero) para poder alcanzar con derechos de exportación a los servicios. Simplemente un castigo que podría convertir a un ejemplo de exportaciones de alto valor agregado en -además-un triste ejemplo de exportación de impuestos. Sin contar el hecho de que al ser los servicios un componente intangible, resultan de muy difícil control por el Fisco ya que a diferencia  de las mercaderías no intervienen las aduanas.

Por el lado de los derechos de importación se esperan recaudar $172.104 millones (0,95% del PBI), un 46% más que en 2018.  Asimismo, se preveen eximiciones para material de uso ferroviario, porturaio y combustibles líquidos. Los impuestos que más aportarían a las arcas del Fisco son, en ese orden: 1-IVA, 2- Impuesto a las Ganancias, 3- Los nuevos derechos de exportación.

OTRAS MODIFICACIONES AL CÓDIGO ADUANERO
Además de los derechos de exportación sobre los servicios, art 73 busca la reducción de cinco a tres años de la prescripción para artículos 803, 815, 840,851, 934 y 940 de la Ley 22415.

Palabras finales
 Analizar gravar la exportación de servicios es un claro ejemplo de cómo un país juega en contra de sí mismo. Pocos pagan y pagan cada vez más, de la misma forma que poseemos una de las peores tasas de aportantes en actividad por cada jubilado. Cada vez que se piensa en ajuste, se lo hace por el lado del que produce. No nos puede ir bien así. Según el INTA, la mayor recaudación por derechos de exportación en 2019 la aportará el complejo sojero (U$S 5400 millones y un ingreso en divisas de U$S 18.700 millones), mientras que productos como el trigo, maíz y sorgo generarían ingresos por derechos de exportación de 837 millones (e ingresos por U$S 8300 millones). ¿Vale la pena que por 830 millones de dólares se ponga en juego mercados que al país le aportan U$S  8300 millones?.

Por otro lado,  la recaudación actual de derechos de importación en Argentina es de U$S 4100 millones aproximadamente, y las importaciones que tributan aranceles aproximadamente 42.000 millones. Es decir, que hay un arancel promedio de casi  10% . Siendo el tope de OMC 35%, hay un margen de 20% teórico para gravar más a importaciones por casi un total de U$S10 mil millones. Es oficial que en Argentina 20% de las  imortaciones van a góndola. Ahí hay un destino adonde se podría haber dirigido la recaudación estatal para no tocar la exportación, pero la historia es la de siempre.

Nos vemos!











Enlace del presupuesto completo: https://www.minhacienda.gob.ar/onp/presupuestos/2019

Enlace de síntesis oficial: https://docs.google.com/viewerng/viewer?url=http://media.ambito.com/diario/2018/0917/imagenes/pdf_subido_0917133622.pdf


lunes, 10 de septiembre de 2018

Derechos de exportación.. mi opinión

Cómo importar y exportar. Curso para alumnos de posgrado de UNER - Diego Dumont



lunes, 3 de septiembre de 2018

Vuelven!!! los derechos de exportación



Vuelven los derechos de exportación
Por Diego Dumont – Autor de Comercio Exterior Para No Especialistas - Para El Cronista

Enlace: https://www.cronista.com/columnistas/El-regreso-de-los-derechos-de-exportacion-20180905-0091.html

Corría diciembre de 2015 cuando por Decreto 133 se eliminaban los derechos de exportación del sector agropecuario -excepto soja- y luego por Decreto 160 los derechos de exportación en   la industria.  Posteriormente se hizo foco en los reintegros en un intento de mejorar la performance exportadora. Primero, por Decreto 1207 de diciembre de 2016, se benefició a los sectores pesquero, frutícola y lanero; después para otras mercaderías por  Decreto 294 de abril de 2017.

Pero  con el aumento de más del 100% del tipo de cambio desde enero a la fecha, y el chaleco de fuerza de la situación fiscal el Gobierno debió meter mano a estas políticas. Primero pospuso la reducción gradual de derechos en el complejo sojero (Decreto 757); luego hace dos semanas bajó la alícuota de reintegros de exportación (Decreto 767) y ahora directamente aplica retenciones nuevamente a todo el universo de mercancías.

En Argentina, todo vuelve. Esta vez es el turno de los derechos de exportación. Los anuncios del inicio de semana  fueron muy importantes porque van en contra de los pilares básicos de campaña del presidente. Desde inicio se propuso volver a ser el supermercado del mundo, dejar de exportar impuestos y abrir la economía para ingresar a y recuperar mercados.

Da la sensación  de que es una medida tomada "a la fuerza", que a diferencia de otros momentos se implementa reconociendo disconformidad..pero como sea, no por eso deja de perjudicar y complicar las cosas, más cuando las exportaciones recién empezaban a despegar tenuemente (5% si comparamos el acumulado a julio versus mismo periodo del año pasado), mientras las importaciones aumentaron casi 12% en el mismo período y cuando tenemos un déficit acumulado parcial de alrededor de U$S 5.800 millones a siete meses de 2018.

Un callejón de difícil salida tiene el Gobierno al tener Déficit Gemelo (fiscal y de Cuenta Corriente). Y es que lo que hace para contener uno afecta el otro, y este es un claro ejemplo. Si con esta medida se espera superar el Déficit Fiscal, por el lado de la Balanza Comercial salimos de Guatemala para "Guate-peor".

Párrafo aparte para este Decreto 793. Nuevamente se legisla en materia de tributos aduaneros desde el Ejecutivo Nacional, como si la Constitución fuese un cheque en blanco, más cuando ya la CSJN expresó la inconstitucionalidad del caso (Fallo Camaronera Patagónica).

Como sea, sin distinción de colores de partido, pareciera que en Argentina prevalece la gobernabilidad sobre la legitimidad, y esta no es la excepción.

Dicho esto, indico los principales puntos que a mi criterio valen la pena resaltar, y algunas impresiones finales:

1. Se trata de una norma con - hasta ahora- fecha de expiración: 31/12/2020. Es decir que tendremos derechos de exportación -siempre que no haya una contra-norma mas adelante - por todo lo que queda del mandato de este presidente e incluso durante el primer año del próximo Gobierno.

2. Se fija un derecho de exportación  del 12% a todas las mercaderías con los siguientes topes:
* 4 pesos por dólar de Valor Imponible o FOB oficial (commodites)
* 3 pesos por dólar de Valor Imponible o FOB oficial en productos del Anexo I de la norma (que son productos que a criterio del Gobierno cuentan con mayor valor agregado).
Por ahora estos topes pesificados garantizan que la inflación reflejada en  el valor de la divisa erosione con el tiempo la presión tributaria. Se los pongo en ejemplo:
Dólar a $40 con tope de $4: alicuota = 10%
Dólar a $50 con tope de $4: alicuota = 8%
Dólar a $60 con tope de $4: alicuota = 6.6%
Dólar a $70 con tope de $4: alicuota = 5.7%
Mas suba el dólar, lo que se supone en un contexto inflacionario, menos peso tendrán las retenciones.


3. Párrafo aparte para los productos del complejo sojero. Eran los únicos que a la fecha tributaban derechos de exportación y para los que justamente el gobierno había suspendido la reducción gradual de alícuota días pasados. Pues bien, ahora se adelanta la reducción  pero habrá que sumarle los nuevos derechos del 12% con sus topes.

4. No corre el plazo de espera de 120 días que otorga la reglamentación del Código Aduanero para a este nuevo derecho. El Gobierno lo quiere ahora y lo quiere ya. Se debe pagar "de contado"(léase hasta 15 días corridos) aún cuando el exportador  haya convenido un plazo diferido con el cliente del exterior. Esto habla a las claras de la urgencia del Fisco.

5.La norma entra en vigencia hoy mismo.

Quisiera hacer algunos comentarios respecto a las economías regionales. Como siempre son las pymes exportadoras las que se llevan la peor parte. Primero, porque estos cambios de rumbo a ellas más les pega (Por ejemplo, sólo entre jueves y viernes se las grandes empresas registraron -congelando el tipo de cambio y garantizándose  la ausencia de derechos de exportación-, operaciones por más de 8 millones de toneladas de granos (U$S 2250 millones aproximadamente).
Segundo, porque más derechos de exportación (tributo que no es coparticipable) significa menos Ganancias (tributo que se coparticipa a las provincias), lo que se suma a la reciente eliminación del Fondo Soja.


Por otro lado, se podría decir que con un dólar a $40 y retenciones el  exportador está mejor que antes cuando había un dólar de $30 sin retenciones. Pero el problema justamente es la película. No están para nada claro el rumbo a seguir en los meses venideros. El exportador de mueve en un contexto de gran  incertidumbre.  El panorama es complejo.  Metafóricamente salimos a la calle sin paraguas mientras llueve ...porque parece no haber alternativa.

Al pie les dejo la norma.

Hasta pronto,



https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/190754/20180904

Columna LT10, hoy: Anuncios de Macri. Como salir en medio de la lluvia

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