Bienvenidos...

Soy Contador Público Nacional (UNL), Especialista en Comercio Exterior (UNR), Magíster en Economía Aplicada (Universidad Austral) y Despachante de Aduana. Me desempeño como inversor profesional (ICB) y soy titular de DMF Comercio Exterior. Escribí tres libros que buscan, sobre todo, insertar personas y empresas en la exportación: Teoría y Práctica de la Exportación por Cuenta y Orden de Terceros (Ed. Librería Cívica, 2013). Comercio Exterior para No Especialistas (Ed. Tarifar, 2015). Exportación por Cuenta y Orden de Terceros: lo que necesitás saber (Ed. Tarifar, 2020). Combino mi trabajo profesional con la docencia en carreras de grado y posgrado en universidades nacionales, además de seminarios en instituciones intermedias de todo el país y capacitaciones in company para empresas. Participo habitualmente en medios de comunicación con columnas especializadas; actualmente soy columnista en El Cronista (ex La Nación). Vivo mi trabajo como una pasión, aunque lo más importante siempre está fuera de él. Mi frase preferida: “Nunca te des por vencido, porque si lo hacés, viene un chino y te mete en la góndola de los lácteos.” ¡Bienvenidos! 📘 Blog de Comercio Exterior: www.diegodumont.blogspot.com 🐦 Twitter/X: @diego_dumont

martes, 3 de diciembre de 2013

Dólar Turista - Modificaciones al Régimen

Era previsible... ante la necesidad, mejor que se apriete el turismo y se descomprima la industria

El 19 de marzo de este año, fue noticia el incremento en el alcance y monto de la percepción impositiva del “dólar turista”. Hoy nuevamente se modifica el Régimen en el mismo sentido, mayor alcance y mayor alícuota. A saber


Operaciones alcanzadas
   Hasta ayer (RG AFIP 3450)
AHORA (con modificaciones introducidas por  RG 3550)
           Las operaciones de adquisición de bienes y/o servicios y/o adelantos en efectivo, efectuadas en el exterior por sujetos residentes en el país, que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito, débito y/o compra –agente de percepción: entidades que cobran el resumen la tarjeta-

      compras por internet en moneda extranjera –agente de percepción: entidades que cobran el resumen la tarjeta-

     adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo – agente de percepción: Las agencias de viajes yturismo.-

      adquisición pasajes con destino fuera del país – agente de percepción: las empresas de transporte-
Además:

adquisición de moneda extranjera —billetes o cheques de viajero— para gastos de turismo y viajes, con validación fiscal – agente de percepción: la entidad autorizada para operar cambios-

-transferencias al exterior por turismo y viajes sujetas a validación fiscal – agente de percepción: la entidad autorizada para operar cambios-


Mecanismo
Se trata de un Régimen de Percepción. El importe a percibir será del 35% sobre el valor total de la transacción salvo en el caso de pasajes, que se aplica sobre el precio neto de impuestos y tasas.

El importe percibido es para el sujeto un adelanto (impuesto ingresado) de Impuesto a las Ganancias o  Impuesto sobre los Bienes Personales computable en la DDJJ de Impuesto a las Ganancias o, en su caso, del Impuesto sobre los Bienes Personales, correspondientes al período fiscal en el cual les fueron practicadas.  Monotributistas y que no resulten responsables del Impuesto a las Ganancias: como pago a cuenta del Impuesto sobre los Bienes Personales, y b) Demás sujetos: del Impuesto a las Ganancias.

Si estas percepciones generan saldo a favor en el gravamen, se lo considera ingreso directo, es decir, Saldo de Libre Disponibilidad, pudiéndose aplicar a la cancelación de otras obligaciones impositivas.

El agente de percepción ingresa la información de las percepciones que realiza en el SICORE (Sistema de Control de Retenciones).

Devolución a los no contribuyentes
Poseen un Régimen para solicitar la devolución del gravamen percibido (RG AFIP 3420). Requisitos para solicitar la devolución de fondos:
a) Contar con C.U.I.T.
b) Tener realizado el trámite de datos biométricos (foto, firma y huella dactilar)
c) Contar con “Clave Fiscal”
d) Hacer el trámite (electrónico) de denuncia de CBU
Forma:
Desde el servicio electrónico AFIP “Devoluciones Web - Percepciones RG 3378 y 3379” que permite generar el Formulario 746/A, y se transmite electrónicamente a AFIP.
Aprobación o Rechazo
En caso de aprobación, se acredita en la CBU denunciada


Cuando ese pago no se toma a cuenta de impuesto, el término “Régimen de Percepción” se transforma en un “Recargo”...

To be continued...


No hay comentarios:

Translate