Hasta ayer (RG AFIP
3450)
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AHORA (con modificaciones
introducidas por RG 3550)
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Las operaciones de adquisición de bienes
y/o servicios y/o adelantos en efectivo, efectuadas en el exterior por
sujetos residentes en el país, que se cancelen mediante la utilización de
tarjetas de crédito, débito y/o compra –agente de percepción: entidades que
cobran el resumen la tarjeta-
compras por internet en moneda
extranjera –agente de percepción: entidades que cobran el resumen la tarjeta-
adquisición de servicios en el exterior
contratados a través de agencias de viajes y turismo – agente de percepción: Las
agencias de viajes yturismo.-
adquisición pasajes con destino fuera
del país – agente de percepción: las empresas de transporte-
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Además:
adquisición de moneda extranjera —billetes o cheques de
viajero— para gastos de turismo y viajes, con validación fiscal – agente de
percepción: la entidad autorizada para operar cambios-
-transferencias al exterior por turismo y viajes sujetas a
validación fiscal – agente de percepción: la entidad autorizada para operar
cambios-
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Bienvenidos...
Soy contador público (UNL), Especialista en Comercio Exterior (UNR) y Despachante de Aduana. Escribí dos libros que buscan -sobre todo- insertar personas en la exportación: Teoría y Practica de la Exportación por Cuenta y Orden de Terceros (Ed. Librería Cívica, 2013); y Comercio Exterior Para No Especialistas (Ed. Tarifar, 2015). Combino mi trabajo diario con la docencia en carreras de grado y posgrado de algunas universidades nacionales y seminarios en instituciones intermedias de todo el país, y en algunas empresas (“in company”). Suelo participar en los medios con columnas especializadas. Vivo mi trabajo como una pasión, aunque lo más importante siempre está fuera del trabajo. Mi frase preferida: Nunca te des por vencido, porque si lo hacés, viene un chino y te mete en la góndola de los lácteos. Bienvenidos!!!.
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