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Soy Diego Dumont, especialista en comercio exterior. Mi trabajo es conectar lo que pasa en el mundo con lo que termina pasando en la economía argentina y en la vida concreta de las personas: desde las decisiones de una empresa hasta las de la tía Marta del barrio María Selva. Soy Contador Público Nacional (UNL), especialista en Comercio Exterior (UNR), Magíster en Economía Aplicada (Universidad Austral) y Despachante de Aduana. Dirijo DMF Comercio Exterior, soy inversor profesional (ICB) y desde hace más de veinte años acompaño a empresas en decisiones de importación y exportación. Escribí tres libros sobre comercio internacional y soy columnista en El Cronista y LT10 (ex La Nación). Mi frase preferida: “No te des por vencido ni aun vencido porque sino viene un chino y te mete en la heladera”. ¡Bienvenidos! 📘 Blog de Comercio Exterior: www.diegodumont.blogspot.com 🐦 Twitter/X: @diego_dumont

lunes, 20 de diciembre de 2010

Nuevo Régimen de Consolidación en Planta

Por CPN - Desp. Diego Dumont


Introducción
El 3 de diciembre de 2010 se publicó en el Boletín Oficial la RG (AFIP) 2977/2010. La misma obliga a los exportadores inscriptos para consolidar en planta en los términos de la RG (AFIP) 1020/2001, a actualizar los datos y adecuar sus instalaciones a nuevas exigencias, a la vez que se deroga esta última resolución a partir de la entrada en vigencia de la nueva norma (lo que ocurrió el pasado 27 de diciembre).

En los Considerandos de la nueva resolución se indica que la adecuación normativa tiene lugar “a fin de incorporar elementos indispensables para un eficiente control aduanero, que permita mejorar la seguridad en las operaciones de comercio exterior”.

Posteriormente, el 14 de junio de 2011 se publica en el Boletín Oficial la RG (AFIP) 3125/2011,  que modifica a la norma de origen, argumentando en sus considerandos “Que en virtud de las inquietudes presentadas por distintos sectores de las economías regionales y de la evaluación realizada por este Organismo, corresponde efectuar determinadas adecuaciones a este régimen”. Estas modificaciones que son tenidas en cuenta en el presente trabajo, se indican en negrita a fin de facilitarle al lector la implementación de la norma.

lunes, 16 de agosto de 2010

El Despachante de Aduana



Por CPN. Desp. Diego Dumont. Artículo publicado en Diario UNO de Santa Fe. (16 de Agosto de 2010. Día del Despachante de Aduana).


Qué hace el despachante de aduana
Despachante de aduana en nuestro país. En otras latitudes se lo llama agente aduanal, despachador, agente general de aduana, agente de aduana, expedicionista aduanero, custom broker, etc. En nuestras palabras, el despachante es el agente autorizado por la aduana para despachar mercaderías por cuenta de terceros. Es un nexo entre AFIP-DGA y el importador/exportador.

Quién legisla sobre sus funciones en nuestro país
En Argentina, la función del despachante de aduana se encuentra normada en nuestra legislación aduanera de fondo, la ley nacional 22415, modificatorias y complementarias (Código Aduanero). Los despachantes de aduana son según lo establece el mencionado cuerpo legal auxiliares del comercio y del servicio aduanero. Dice la apuntada norma que  “son despachantes de aduana las personas de existencia visible que en las condiciones previstas en este Código, realizan en nombre de otros ante el servicio aduanero trámites y diligencias relativos a la importación, la exportación y demás operaciones aduaneras”.

miércoles, 12 de agosto de 2009

Sobre la Comunicación 3602 BCRA




Desde febrero de 2002, cuando empieza una nueva etapa de restricciones de cambio en el país (desde la década de 1930 hubo antecedentes en el país y el último fue en el período 1964 - 1989), se fueron implementando una serie de medidas para regular el mercado cambiario. Ya hemos explicado en este blog las diferentes situaciones que pueden darse en cuanto a los Regímenes de Divisas que pueden adoptar los países.

Dentro de estas normas implementadas por el BCRA, se implementaron tres Regímenes Informativos:

1- Comunicación A 3609 BCRA (que antes lo informaba el exportador por escrito y después pasaron los bancos a ocuparse del mismo). Consiste en un informe mensual de Anticipos de Exportación liquidados en cada entidad bancaria.

2- Comunicación A 4237,  de Relevamiento de inversiones extranjeras en el país y de inversiones de residentes en el exterior, y 

3- Comunicación A 3602 BCRA, el más importante de todos.  

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