Por Diego Dumont
Cuando digo que podés ingresar o egresar,
hablo de lo que te podés llevar cuando te vas de viaje al exterior y lo que
podés comprar y traer normalmente sin pagar ni contravenir
normas.
LO QUE ME LLEVO
Vuelta a la idea de que te
estás llendo de viaje, no de excursión de ventas. Por ejemplo, no
podés llevarte 300 camisetas de Argentina para vender en el mundial de fútbol de Rusia
2018. Mejor dicho, podés pero si te agarran tal vez te
mandan los músicos y sonás, no lo podés pasar. Lo que se lleva es lo que vas a usar o
regalar en tu viaje y que no salga de lo normal para estos casos.
¿Qué pasa con las cosas
importadas que ya tenés antes de viajar afuera del país?
Si pensás llevar afuera la
cámara de fotos, la tablet o la notebook, u
otro objeto con made in extranjero, te conviene declararlo antes de
abandonar la frontera o el puerto o aeropuerto. Acercate al puesto de Aduana y llená el
Formulario OM 121/A o si querés podés hacerlo en tu casa por internet
antes de armar las valijas.
¿Y con el dinero?
Como dicen las abuelas, hay gente mandada.
Recuerdo haber leído noticias de gente que viajaba con efectivo a participar de
un remate o comprar un inmueble de lo más “pancha
por la vida”. Me alegra pensar que si algún
día juntas lo suficiente y se te ocurre algo así no vas a sucumbir
a esa locura. Solamente podés sacar en total,
contando hasta la última moneda extranjera que lleves, un
máximo de USD 10.000 o el equivalente en cualquier divisa
o cheques de viajero
[1].
En pesos argentinos no hay límite (obvio?),
pero declaralos (hoy, formulario 2250). Tené
en cuenta que si tenés más te pueden sacar todo y aplicar una multa
después. Hay países en los que te sacan el excedente de lo permitido y te aplican además una
multa sobre el mismo, de por ejemplo un 40%.
Además el tema
puede derivar en un litigio con AFIP si el número no
cuadra con tu situación fiscal.
Las mascotas
Desde la óptica de la Aduana, una mascota es una
mercadería, al igual que una campera, unas zapatillas o unos lentes.
Pero si estás pensando en llevarte a "Roco", debés hacer un permiso en SENASA, que haga pensar en destino que tu bicho no va a mutar a chupacabras o
enfermar a otros perros o personas.
PEGÁS LA VUELTA:
Lo que podés traer es lo que te llevaste
al salir del país (exhibiendo el Formulario 121), libros y publicaciones en una
cantidad razonable, y bienes nuevos para uso o consumo personal y
que no hagan presumir finalidad comercial. No podés traerte dos valijas con
ropa nueva para vender por Facebook, o 6 Playstation para
revolear en vendotodo.com.
Puede ser que lo traigas y pase de largo pero te exponés al decomiso de
todo.
Compraste cosas:
Supongamos que te traes un teléfono celular con
comprobante por U$S 100 (que Aduana considera real). ¿pagás
impuestos?. No, porque Aduana tiene en cuenta una Franquicia para
artículos nuevos que es de U$S 300 cuando entrás al país por un puerto o
aeropuerto, y U$S 150 cuando lo hacés por tierra. En
este caso, cuando te preguntan si tenés algo para declarar
podrías contestar que "no".
Ahora, supongamos que viajaste sólo y llegás
al Aerouerto de Ezeiza con una Play Station 4 y una laptop y te
pasás de la franquicia. En este caso
cuando la Aduana te consulta si tenés algo por declarar la respuesta debería
ser “Sí”. Presentás una factura por un valor de U$S
700 (que Aduana considera real). ¿Vas a pagar impuestos?. Sí. Un “tributo único”,
a una alícuota del 50%, pero no pagás U$S 350. Vas
a pagar 700 – 300= 400 (base imponible) x 50%= U$S
200 de impuesto, que se convierten a pesos a tipo de cambio oficial. Si hubieras
ingresado por frontera terrestre correspondería pagar U$S 275
(700-150=550x50%).
Además, si volviste y te olvidaste de los
bombones para tu novia y los comprás en el free
shop (tienda “libre
de impuestos”) tenés una nueva franquicia
(no acumulable con la otra) de U$S 300. No vas a pagar
impuestos por los bombones, pero vos sabés…
lo que no es
impuesto el vendedor se lo infla como
ganancia en estos lugares. Tratá de acordarte antes de los
bombones.
Las franquicias son por persona. Si te vas
con chicos, también tienen franquicia pero las de
ellos bajan a la mitad (salvo mayores de 16 o
menores emancipados).
¿qué pasa con el dinero?
No hay límites para traer dinero. Pero no te
olvides que el mundo es redondo. Hay que tener en cuenta las normas del país de
origen. Por ejemplo, hace algún tiempo salió en los medios
el disgusto que tuvo Claudia Villafañe, ex mujer de Diego
Maradona por haber sido demorado su avión en el aeropuerto de Miami a raíz de
que una familia en conjunto superaba los U$S 10.000. Esto
es importante, averiguar si es necesario las reglas de los
países que visitás. En Argentina el dinero que traen las personas de
una misma familia no es acumulable.
Te dejo mi micro de Arriba Santa Fe sobre este tema:
Algunas normas aplicables
Resolución 3751/94
Com. A BCRA 5339
RG AFIP 2705/09
RG AFIP 2704/09
Nos vemos..
[1] Los cheques de viajero
son órdenes de pago, que emiten los bancos y te
podés llevar al exterior para cambiar por billetes o usarlo en alguna
compra. También algunos
padres lo envían a sus hijos que viajan afuera a estudiar, por ejemplo. American
Express tiene esta operatoria bastante desarrollada en relación a
estos documentos.
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