“Cuando todo el mundo dice que no hay esperanza,
algunas personas crean su propio milagro” (George Miller).
Charlotte Figi nació en Colorado, Estados Unidos,
en 2006. Desde los primeros meses de vida empezó a sufrir convulsiones severas,
hasta trescientas por semana. Le descubrieron Síndrome de Dravet. Su vida
pendía de un hilo, no podía hacer las cosas más elementales como comer, caminar
o hablar. Todos los tratamientos médicos fracasaban. Cuando cumplió cinco años,
sus papás, Paige y Matt recurrieron al cannabidiol. Charlotte salió de ese
cuadro. Para los Charlottes y las Charlottes de Argentina, y sus papás va este
artículo.
Un camino por recorrer
El agua es indispensable para la vida, y el agua
puede ahogarte. El fuego puede alumbrar, y el fuego puede quemarte.
La efedrina sirve para hacer medicinas para enfermedades respiratorias, pero
también para producir metanfetamina. De la amapola se obtienen opiáceos
medicinales, y desde la amapola se produce la heroína. Del sauce se
extrae el ácido acetilsalicílico de la Bayaspirina®; del opio la morfina; del
aloé vera extractos para la piel, y la lista es infinita. Pareciera
ser que el mundo es un lugar misterioso y la
naturaleza esconde las respuestas. Entonces, como decía Albert Einsten, si no
podemos maravillarnos ni asombrarnos, estamos como muertos. Sin
dudas, vienen años de investigaciones sobre la marihuana. ¿Y mientras tanto?.
Mientras tanto, mientras los médicos buscan a
tientas en la oscuridad, vuelvo a citar como al inicio, a George
Miller, director de la película “Un milagro para Lorenzo”. “Los médicos están
buscando a tientas en la oscuridad…pero el sentido de la vida está en
la lucha. El triunfo y la derrota están
en manos de los dioses. Así
que celebremos la lucha”. Cualquier buen papá o mamá está
dispuesto a la pelea, y a cualquier precio. Cuando se trata de la
vida de un hijo, nada ni nadie podrá persuadirlo a abandonar, ni a esperar
que la legislación nacional e internacional, las investigaciones científicas,
los laboratorios, y las obras sociales, reaccionen a una nueva realidad.
Hoja de ruta para comprar aceite de cannabis
Cuando una persona quiere importar cualquier
mercadería para uso o consumo personal tiene dos posibilidades. Ir a comprarlo
al exterior o que se lo manden. Si lo compra afuera, está dentro de lo que se
llama Régimen de Equipaje. Si elige que se lo manden, entonces hay dos grandes
caminos. El Régimen de Envíos Postales, o el Servicio de Courier. Les comento
brevemente estas opciones, y el panorama esperable, y dejo abajo las
normas de referencia por si necesitan ir más a fondo.
Régimen de equipaje: En principio, no se
puede traer desde afuera mercadería restringida por razones no económicas, como
la salud pública. Salvo que se cuente con autorización del organismo
correspondiente, en este caso Anmat. Sin embargo, esto no nos
garantiza que la aduana del país de origen permita salir del país, y además, al
ser el trámite personal, es una opción poco conveniente.
Régimen Envíos Postales: Los correos
oficiales de los distintos países, trabajan en una gran red que se llama Unión
Postal Universal. Cuando por ejemplo, el correo de Estados Unidos (USPS) despacha mercadería, es tomada en Ezeiza por Correo Argentino, y entregada en el domicilio del destinatario (con mucha suerte) o en la Aduana de su
jurisdicción (hay cerca de cincuenta oficinas de Aduana repartidas por todo el
país). Sin embargo, está prohibido el ingreso por envíos postales de drogas,
estupefacientes, medicamentos psicotrópicos y psicofármacos en general, salvo
entre personas físicas o jurídicas habilitadas para la medicina o farmacología.
No es una buena alternativa.
Régimen de Courier: Un courier es un correo
internacional privado. Un correo rápido premium, de mejor servicio que los
correos oficiales. En el caso de empresas internacionales líderes
como UPS, TNT, FedeX o DHL, suelen contar con flotas propias
de camiones y/o aviones en diferentes países. Cuando uno
compra mercadería sujeta a intervención de algunos organismos
oficiales como Anmat o Sedronar, como el caso de este artículo, al llegar ésta a Ezeiza, es retenida por Aduana y exige un trámite especial para el
retiro. En determinados casos, eso obliga a contratar un despachante de aduana
para que este haga lo que se llama “declaración detallada”. Sin embargo, en
este caso no corresponde porque el ingreso de
medicamentos de uso compasivo está eximido. Pero sí, hay que tener
realizado de antemano el trámite de Uso Compasivo propiamente dicho, en Anmat. El mismo no es tan
complejo. Puede encontrarse en la web del organismo. Este es el mejor método para el ingreso
de medicamentos autorizados. Trámite de Uso Compasivo Anmat: http://www.anmat.gov.ar/formularios/comercioexterior/requisitos_usocompasivo840.asp
Dos Argentinas
Aun nos queda mucho para parecernos a
ese país federal que soñaron nuestros héroes patrios. Aún hoy existen dos
Argentinas. Por ejemplo, existe en Santa Fe Capital, oficina de
Anmat y de Aduana. Sin embargo, el trámite de uso compasivo cursa en Buenos
Aires (aunque puede hacerse por correo), y los familiares de enfermos están
obligados a viajar a Ezeiza para hacer el retiro de la medicación en forma
personal, con originales y copias de DNI y partidas de nacimiento. Me parece
que sería sumamente útil que se aproveche la existencia de estas oficinas para
descentralizar. Que la autorización de Anmat se obtenga íntegramente en las
oficinas del interior, y sobretodo que se introduzcan modificaciones en el
Régimen de Courier, para que los medicamentos urgentes retenidos sean
entregados a las Aduanas de jurisdicción del domicilio, con el cumplimiento de los requisitos que correspondan. Espero que este pequeño aporte sirva.
Nos vemos,
Referencias normativas
Resolución ANA 2048/82. Sus modificatorias y
complementarias . (Envíos Postales).
Resolución ANA 2436/96. Sus modificatorias y
complementarias . (Couriers).
Ley de Migraciones 25.781 y DR. Código Aduanero L
22415 artículo 488 a 515. Decisión CMC Mercosur 53/2008 (Régimen de Equipaje).
RG 3628/2014. Anexo i c). Prescindencia de
despachante de aduana.
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