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lunes, 27 de octubre de 2014
Autoingreso de divisas por exportaciones, qué es?? - Radio Conexión Abierta Bs As
Link: https://soundcloud.com/diego-dumont/conexion-internacional-autoingreso-de-cobros-de-exportaciones
http://www.ambito.com/diario/noticia.asp?id=759978
viernes, 24 de octubre de 2014
martes, 21 de octubre de 2014
Consorcios de exportación. La unión hace la fuerza.
Por Diego Dumont - Para Revista CACIPRA
Los consorcios de exportación son grupos de personas que se reúnen voluntariamente, al amparo de un contrato (en Argentina al menos), para intentar exportar. Por qué?. Porque el todo es más que la suma de las partes. Porque al juntarse suman conocimientos, escala, recursos, ideas y colaboran los unos con los otros. Cómo Voltron: defensor del universo, este dibujito animado que si tenés más de treinta viste alguna vez, en el que cinco leones robots formaban al gran Voltron, capaz de derrotar las criaturas más temibles, los consorcios pueden pelear de igual a igual con jugadores de mayor tamaño al de sus miembros, y meterse de lleno en el negocio de la exportación.
Los consorcios de exportación son grupos de personas que se reúnen voluntariamente, al amparo de un contrato (en Argentina al menos), para intentar exportar. Por qué?. Porque el todo es más que la suma de las partes. Porque al juntarse suman conocimientos, escala, recursos, ideas y colaboran los unos con los otros. Cómo Voltron: defensor del universo, este dibujito animado que si tenés más de treinta viste alguna vez, en el que cinco leones robots formaban al gran Voltron, capaz de derrotar las criaturas más temibles, los consorcios pueden pelear de igual a igual con jugadores de mayor tamaño al de sus miembros, y meterse de lleno en el negocio de la exportación.
Lo
cierto es que los Estados y varias organizaciones intermedias a
nivel global, promocionan este tipo de agrupaciones, porque ayudar a los “exportadores chicos” conlleva un gran
beneficio social. Por ejemplo, en Italia, país ejemplo de
desarrollo pyme, se creó una red de consorcios (www.federexportonline.it), y
situaciones parecidas se repiten a lo largo y a lo ancho del mundo.
Pero
empecé por el final, porque llegar a formar un Consorcio de exportación
requiere de un arduo trabajo y pocos grupos lo consiguen y aun
consiguiéndolo es bastante frecuente la separación de miembros después de un
tiempo.
En Argentina existe un excelente Programa de Formación de Consorcios
que inició en 1998, con el impulso de Fundación Exportar (entidad
mixta pero con fuerte predominio del empuje que otorga Cancillería, es decir,
el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto) y Fundación ICBC (ex Boston y
Standard). El Programa ampara hoy día
más de 60 grupos (algunos constituidos en consorcios) con más de 400 empresas de los rubros más
diversos, inclusive de servicios. 2/3 partes de las empresas están radicadas
en el interior.
Existen
algunas pautas a respetar, como por ejemplo: no poseer ni menos de cinco ni más de
quince miembros, que al menos uno de los
miembros esté exportando, y la existencia obligada de financiamiento de un coordinador que oriente al grupo (a cargo del Programa en forma total los primeros seis meses y bajando 25% por
vez en los próximos tres semestres), etc.
Legislación
marco
Los
consorcios fueron regulados por la reglamentación de la Ley 23101, en 1996,
pero esta no tuvo éxito porque planteaba requisitos demasiado ambiciosos
(constituirse como sociedad comercial o cooperativa y acreditar una responsabilidad patrimonial
mínima de cien mil pesos). Es
como ir a la guerra con palillos. Las personas que constituyen un
consorcio por lo general no disponen de recursos para mantener una nueva
persona jurídica ni capacidad para conseguir avales o activos por el monto
señalado.
Posteriormente,
la Ley de Pymes 24467/95 hizo mención de la necesidad de su
promoción ya que las Pymes son el motor
de la economía de un país (vean por ejemplo, artículos 19, 20 y 21). Pero fue
recién en 2005, cuando por Ley 26005 (en la que quedan amparados bajo el
nombre de “consorcios de cooperación”) se crea un marco legal superador.
En realidad como se veía
que la reglamentación existente era
estéril se pensó hacer una nueva pero se entendió que más que un nuevo decreto
se necesitaba una nueva Ley. No es objetivo para este artículo,
introducirme en todo el desarrollo técnico, pero me gustaría destacar
que con la Ley 26005 se logró que las
personas que formen un consorcio de exportación no deban constituir una
sociedad comercial, y puedan agruparse como un contrato, que sin otorgar personería
propia, protege a los miembros de ser considerados una sociedad de
hecho, con lo peligroso que es esto en cuando a responsabilidades legales.
Los
consorcios suelen utilizar la figura de la Exportación por Cuenta y Orden de
Terceros.
Diferencia
del consorcio respecto a otras figuras jurídicas:
VENTAJA
|
DESVENTAJA
|
|
SA
Y SRL
|
SE
RESPONDE CON EL PATRIMONIO SOCIAL
|
DIFICIL
FIGURA PARA AGRUPARSE PARA EXPORTAR DEBIDO AL CAPITAL SOCIAL IRRELEVANTE DE
LOS MIEMBROS– RIGIDEZ OPERATIVA
|
COOPERATIVA
|
MAYOR
COSTO AL DEL CONSORCIO- RIGIDEZ OPERATIVA - NO PUEDE TENER
FINALIDAD DE LUCRO
|
|
ACE
|
LA
DOCTRINA CREE QUE AL VINCULARSE HACIA AFUERA SON SOCIEDADES DE HECHO – LA
RESPONSABILIDAD DE LOS MIEMBROS ES SOLIDARIA E ILIMITADA Y EN LOS CONSORCIOS
SE LIMITA POR CONTRATO – NO PUEDE TENER FINALIDAD DE LUCRO
|
|
UTE
|
VINCULACIÓN
EXTERNA - EL PLAZO DEBE SER IGUAL AL DE LA OBRA. SI SE EXCEDE PLAZO U OBJETO
= SOCIEDAD DE HECHO.
|
Comentarios
finales:
No
todos los grupos logran llegar a consorcio y no todos los consorcios perduran
en el tiempo. Lo habitual es que se disuelvan unos u otros después de un
tiempo y sus integrantes salgan fortalecidos. Y si los miembros logran formar el Consorcio
de exportación, en realidad queda
siempre mucho por recorrer, como en las películas del corazón ....que
terminan donde en realidad todo recién
empieza.
Nos vemos...
Legislación
recomendada
Ley
23101/1984 artículo 1 g)
Decreto
PEN 256/96
Ley
de Pymes 24.467/95
Ley
26005/05
Sitios
web de utilidad
Lectura
recomendada
Baldinelli
Elvio. Los consorcios de exportación en la Argentina. Ed. Fund. Standard Bank, 2010.
viernes, 17 de octubre de 2014
jueves, 16 de octubre de 2014
Sobre el informe elaborado por el Lic. Felipe D.Murphy sobre exportaciones e importaciones de Aduana de Santa Fe y su hinterland (2004 y el 2013)
LINK Micro Arriba Santa Fe de hoy: https://www.youtube.com/watch?v=dDLFDZCXObM
Link con el informe completo:
http://www.santafe.gov.ar/index.php/web/content/download/206744/1071087/file/Exp%20e%20Imp%20por%20Aduana%20S.F..pdf
miércoles, 8 de octubre de 2014
Nuevas repercusiones de la brecha cambiaria en los fletes y pasajes
Por Diego Dumont
Los fletes quedan afuera de las licencias de importación,
es decir, de las famosas DJAI. No hay ninguna legislación hasta ahora que
limite las transferencias al exterior, pero la brecha actual de casi un 75% entre el dólar oficial y el paralelo
genera
una disputa sin norma entre gobierno y particulares. Les dejo tres frases
y paso a comentarles a quién corresponde y por qué lo dice. “No pagues local en
pesos”; “No pagues tanto en dólares”; “No me dejes tantos pesos”.
“No pagues local en pesos”. ¿Quién lo dijo?. Lo
dijeron hace muy pocos días las líneas marítimas Maersk y Hamburg Sud a sus clientes
de Argentina en relación a los pagos de fletes que se realicen a partir del 15
de octubre. ¿Por qué?. Porque al cobrar sus fletes en el país en pesos (más conceptos conexos como el Toll, el THC y el
ISPS) y querer transferirlos al exterior, se encuentran con un grifo por parte
del BCRA que permite pagos de hasta USD 150.000 por vez, por estos días. Esto
hace que acumulen moneda local en un contexto inflacionario (lo que
económicamente no es aconsejable) y asuman el riesgo por una posible nueva
devaluación del peso. ¿Ahora, quiénes son estas líneas marítimas?. No son una
más. MAERSK es un monstruo. Es la línea marítima más grande del mundo, con casi
600 buques en su flota que mueven alrededor de 3 millones de TEU (contenedores
de 20 pies), de los cuales más de la mitad son propios, según información que
publica Alphaliner, la consultora francesa especializada en la industria marítima.
Hamburg Sud, si bien es unas seis veces más chica que la línea danesa, está en el puesto 12 del mencionado ranking mundial y es una firma de
prestigio internacional. ¿Entonces?. Esto puede ser un disparador para que
otras empresas se sumen a la movida.
La medida afecta tanto a exportadores como a
importadores. En la práctica cuando un importador compra FOB, por ejemplo, debe
contratar y pagar el flete internacional. Cuando va a pagar, estas líneas no le
aceptarán el pago en pesos y en cambio le proporcionarán un número de cuenta en
el exterior directamente. Lo mismo, un exportador que venda CIF, por ejemplo,
debe contratar un flete hasta el lugar convenido con su cliente, y pagarlo pero en una cuenta del exterior. Todo
a través del Mercado Único y Libre de Cambios, por supuesto.
“No pagues tanto en dólares”. ¿Quién lo dijo?. Lo
dicen los bancos comerciales con relación a los montos de fletes indicados en
las facturas de proveedores extranjeros. Como el flete no está alcanzado por
las licencias de importación (la verdadera DJAI), puede tentar a algunos
exportadores a cambiar la composición del precio de lo que quieren importar
para tener más chances de ser autorizados. ¿Cómo?: bajando el precio de la
mercadería (alcanzado por la licencia) e inflando en la misma cantidad el
precio del flete (no alcanzado). Conclusión: los bancos determinaron un
criterio general no respaldado explícitamente por ninguna normativa (seguramente
con alguna directiva del BCRA y/o Economía), que consiste en que el importe que
se transfiere por flete no puede superar el 10% del valor de la mercadería.
Esto es suficiente en importaciones de gran valor pero complica las
importaciones “chicas” en las que la incidencia del flete es realmente mayor. En estos casos se induce a las empresas a solicitar al proveedor “inflar” el valor de
la mercadería y “desinflar” el valor del flete hasta que las cuentas le den.
“No me dejes tantos pesos”. ¿Quién lo dijo?. Lo
dijo American Airlines a las personas que compran pasajes anticipados. Sólo se
permite comprar pasajes anticipados con hasta 90 días de anticipación. De la
misma manera que Maersk y Hamburg Sud, al
cobrar los pasajes en el país en pesos y querer transferir dólares al exterior,
A.A. se encuentra con el grifo por parte del BCRA, acumula moneda local en un
contexto inflacionario y asume el riesgo cambiario. Limitando la cantidad de
pasajes por girar a la casa matriz, pone un techo a este problema.
Nos vemos…
PD: El tema en el micro de Arriba Santa Fe:
Link: https://www.youtube.com/watch?v=WvDlezQxg9o
PD: El tema en el micro de Arriba Santa Fe:
Link: https://www.youtube.com/watch?v=WvDlezQxg9o