Por Diego Dumont
Muchas
veces, convertirte en importador en vez de comprar a
importadores, te permitirá aumentar tu ganancia.
A grandes rasgos, te servirá hacerlo si la magnitud
de la importación es más o menos importante. Por ejemplo, antes que traer un
pallet de zapatillas te convendrá comprarlas a
un mayorista, porque las empresas que importan en grandes volúmenes
(varios contenedores), consiguen mejores precios y
licuan más fácilmente los costos fijos. Ahora bien, como toda
regla tiene su excepción. Cuando la compra llega a ser muy chica, se abre la
puerta del Régimen de Envíos Postales y el de Couriers, pudiendo ser más
conveniente en algunos casos, no sólo para compras particulares sino
para empresas. Habrá que analizarlo.
Puede
suceder que ante la imposibilidad de un gran importador de obtener una licencia
de importación por volúmenes importantes, tengas que inscribirte “por
obligación” para poder conseguir la mercadería que
coyunturalmente no ingresa, siempre que te fuera posible conseguir el permiso
por la cantidad que necesitás. En estos casos, pagar más dinero
es un permitido.
Muchas
empresas prefieren pagar de más un producto para no “renegar” con la importación.
Pero cuando tenés el coraje y/o la estructura para hacerte
cargo de la operatoria, con todo lo que esto implica (manejo de técnica
bancaria, control de documentación, inscripciones en organismos,
etc), podes salir beneficiado.
Algo que obviamente querés
saber es cuál es el costo de importar para poder compararlo con la alternativa
de compra local (si la hay). ¿Qué elementos conforman el costo de importación?:
el precio que pagaste al proveedor, los impuestos, y los
gastos de importación.
La determinación de los impuestos que pagará por vos tu
despachante de aduana en el Sistema Malvina, varía según múltiples
circunstancias y el destino que le vas a dar a la mercadería: si es para reventa, si es para uso
propio del importador, si es un bien de capital, etc. Lo más habitual
en la importación es la compra de mercadería para reventa. Esto
abarca no sólo la mercadería que se vende tal cual se importó,
sino además la que se incorpora en un proceso productivo que tiene
como fin la venta. Por eso, te dejo un cuadro simple y
muy pero muy básico para que tengas en cuenta:
=
Precio CIF o CIP (1)
Derechos
de importación (según
posición arancelaria)
+
Tasa estadística (0,5%
con tope)
=
Base de otros impuestos (2).
IVA
Crédito Fiscal (21% 0 10,5%)
IVA
Percepción (20% o 10%)
Anticipo
Impuesto a las Ganancias (6%)
Anticipo
Impuesto a los Ingresos Brutos (2,5%)
Sobre el precio CIF -o CIP-
(1), del proveedor (te recomiendo las primeras importaciones comprarlas en
ese Incoterm para que te ahorres algunas tareas administrativas
respecto del flete y seguro internacional), calculás los derechos de importación y la tasa estadística (recomiendo que consultes a un despachante de aduana para confirmar estas y todas las alícuotas del cuadro). Los derechos y la T.E, son lisa y llanamente costo. Después,
vas a hacer una suma que tiene como única finalidad servir de base para
calcular los impuestos que siguen: sumás el CIF , los derechos de
importación y la tasa estadística, llegando a una “segunda
base” (2). Sobre
esta se calculan los impuestos que faltan. Técnicamente estos “segundos impuestos”
no son un costo, porque son todos pagos a cuenta (muy discutibles por cierto, sobre todo en
el caso de Ganancias e Ingresos Brutos). Sin embargo, implican un costo
financiero desde el pago hasta la recuperación en futuras liquidaciones tributarias, e igualmente puede haber variaciones según la situación fiscal de cada empresa (no dejes de charlar con tu contador).
Para terminar, hay que sumar los restantes costos de la importación (sin IVA):
gastos bancarios, comisiones comerciales, honorarios del despachante de aduana,
gastos de puerto y terminal, arancel del sistema Malvina, arancel de digitalización de documentación aduanera, etc. Por último dividir el
costo total sobre la cantidad de unidades a importar para llegar al
costo unitario.
Reitero
la cualidad de básico del cuadro, con el propósito de dejar una
idea sencilla puesta al servicio de la inteligibilidad. Existen
muchísimas variantes y es por eso que te recomiendo la consulta “obligada”
a un especialista para no errar tus cálculos.
Algunas variantes, a modo de ejemplo
Si la mercadería fuese “made in”
algún país o bloque con el
cual Argentina tiene un acuerdo económico, los derechos de importación
podrían tener un descuento (preferencia) o incluso desaparecer.
Hay mercaderías exentas de tasa estadística, tasa
que incluso tiene un tope variable.
La alícuota del
IVA a aplicar no siempre es la general (21%) sino que puede ser reducida
a la mitad en los casos que indica Ley de IVA. El IVA Percepción (o adicional) está atado a esto.
Podría
haber derechos antidumping o incluso algún ajuste (por ejemplo: allanamiento
a valores criterio)
En el caso de importación para uso como Bien de Capital, la mercadería
no tributa ni anticipo de impuesto a las ganancias ni tasa estadística, ni IVA Percepción ni anticipo de Ingresos Brutos;
en caso de importación para uso
del importador (ejemplo: repuesto para máquina de la planta), el
anticipo de impuesto a las Ganancias se eleva y
desaparece el IVA Percepción,etc.
etc.